Tesis Jurisprudencial de 18 de Marzo de 1977 sobre ACCION CIVIL.

Fecha de Resolución18 de Marzo de 1977

ACCION CIVIL.-Los hijos naturales que no establecen legalmente su filiación no tienen calidad para constituirse en parte civil y solicitar reparaciones contra el autor de la muerte de su padre.-Véase concubinato.

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