Tesis Jurisprudencial de 1 de Noviembre de 1967 sobre ALQUILERES DE CASAS, DESAHUCIOS.

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 1967

ALQUILERES DE CASAS Y DESAHUCIOS.

Los propietarios de casas sólo pueden pedir la rescisión del contrato de inquilinato en los casos determinados por el Decreto 4807.

CONSIDERANDO que el examen del fallo impugnado pone de manifiesto que la Cámara a qua acogió la demanda de L. T. de M., sobre el fundamento esencial de que el contrato escrito de alquiler venció el 1ro. de octubre de 1966 y que como no fue prorrogado, la inquilina no tenía el derecho de continuar siendo arrendataria de la casa que le había alquilado; que la referida inquilina se "encuentra en falta al transcurrir el plazo de inquilinato acordado en el contrato sin haber ésta accedido a hacerle entrega de la casa que ocupa", a su propietaria, según lo estipulado en el contrato;

CONSIDERANDO que de conformidad con el artículo 3 del Decreto No. 4807 de 1959, "Queda prohibido el desahucio del inquilino de un inmueble por persecución del propietario, salvo que se haya ordenado la rescisión del contrato de alquiler por falta de pago del precio del alquiler; o por utilizar el inmueble alquilado con un fin diferente para el cual fue alquilado siempre que sea perjudicial al propietario o contrario al orden público o a las buenas costumbres; o por el inquilino subalquilar total o parcialmente el inmueble alquilado no obstante habérsele prohibido por escrito; o por cambiar la forma del inmueble alquilado. Cuando el inmueble vaya a ser objeto de reparación, reedificación o nueva construcción o cuando vaya a ser ocupado personalmente por el propietario o su cónyuge, o por parientes de uno de ellos, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el egundo inclusive durante dos anos por lo menos, el Control de Alquileres de Casas y D. autorizará el desalojo";

CONSIDERANDO que como se advierte de la simple lectura de ese texto, los propietarios de casa de alquiler sólo pueden pedir la rescisión de los contratos de inquilinato en los casos limitativamente señalados en dicho Decreto; que la finalidad perseguida por el legislador al limitar los poderes de los propietarios en relación con los contratos de...

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