Tesis Jurisprudencial de 1 de Mayo de 1964 sobre APELACION.

Fecha de Resolución 1 de Mayo de 1964

APELACION.

La aportación de la sentencia apelada es un requisito fundamental para que el recurso sea admitido.

CONSIDERANDO que la aportación de la sentencia de la cual se apela por la parte que interpone el recurso, es un requisito fundamental para que éste sea admisible ya que sin el cumplimiento del mismo el Juez de la apelación no puede ponderar los agravios formulados por el apelante ni apreciar el mérito del fallo apelado;

CONSIDERANDO, que en la especie, el examen del fallo impugnado pone de manifiesto que en la audiencia fijada el día 11 de marzo de 1963, para conocer del recurso de apelación de la hoy recurrente, ésta concluyó solicitando una información testimonial a lo cual no se opuso la parte apelada; luego el Juez antes de decidir sobre la medida solicitada, concedió a pedimento del intimante, un plazo de 20 días a la intimante para depositar documentos y ampliar su defensa y otro de diez días a la intimada, para los mismos fines; que en el plazo que le fue concedido la apelante no depositó documento ni amplió su defensa ni depositó la sentencia apelada; que en su oportunidad la parte apelada amplió sus conclusiones solicitando la inadmisibilidad del recurso de apelación por no haber depositado la recurrente la sentencia apelada; que en tales condiciones el Juez noha incurrido en las violaciones denunciadas al declarar inadmisible el recurso de apelación del recurrente, ya que por el simple hecho de no haberse opuesto el recurrido en sus conclusiones originales a la celebración de una información testimonial solicitada por la recurrente, aunque sí lo hizo por conclusiones adicionales, ello no cubre la obligación que tiene el apelante de efectuar el depósito de la sentencia apelada, el cual es esencial...

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