Béisbol y contrato de trabajo. Comentario a una sentencia

AutorRafael F. Alburquerque
CargoAbogado, experto en derecho del trabajo, vicepresidente de la República Dominicana de 2004 a 2012
Páginas19-41
ARBITRAJE
BÉISBOL Y CONTRATO DE TRABAJO
Comentario a una sentencia
Rafael F. Alburquerque
Abogado, experto en derecho del trabajo, vicepresidente de la República
Dominicana de 2004 a 2012.
ralca@codetel.net.do
RESUMEN: Se comenta el fallo pronunciado por las Salas Reunidas de la
Suprema Corte de Justicia el 15 de julio de 2020 respeto al contrato intervenido
entre un deportista y una academia de béisbol.
PALABRAS CLAVES: contrato de trabajo, modalidad del contrato, arbitraje,
compromiso arbitral, cláusula compromisoria, derecho del trabajo, República
Dominicana.
En fecha 15 de julio de 2020 las Salas Reunidas de la Suprema Corte de
Justicia se pronunciaron sobre un tema que hasta ahora había estado ausente
en los anales de la jurisprudencia de nuestro más alto tribunal del Poder
Judicial; en efecto, la decisión que será examinada incursiona en el ámbito del
deporte profesional para identificar, por un lado, la naturaleza jurídica del
vínculo que se establece entre una academia de un equipo de béisbol de las
grandes ligas con la persona a quien se llama con el nombre de “prospecto”, y
por el otro, para intentar solucionar el uso del arbitraje en el ámbito laboral
como medio de solución de un conflicto de carácter individual.
El fallo ha resultado controversial desde el momento de su pronunciamiento,
pues dos de los jueces que figuran en la sentencia emitieron votos disidentes, y
después de su divulgación numerosos abogados se han mostrado favorables a
sus tesis y otros las han criticado. Para adentrarnos con seguridad en el
análisis, repasemos los hechos que dieron origen a la demanda:
1. El litigio se inicia con una demanda en nulidad de desahucio y pago de
indemnización en reparación de daños y perjuicios interpuesta por el
“prospecto” en contra de los Ángeles Dodgers, la cual fue conocida por la
Primera Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Santo Domingo,
cuya sentencia resolvió (a) rechazar la excepción de incompetencia y el medio
de inadmisión propuesto por la demandada, (b) rechazar la nulidad del
desahucio y considerar que este había resuelto el contrato de trabajo por
tiempo indefinido que existía entre las partes en causa y c) condenar a la
demandada a pagar las prestaciones laborales de ley y a una indemnización
reparadora de daños y perjuicios por no haber inscrito al demandante en la
seguridad social.
2. Recurrida en apelación la mencionada sentencia, la Corte de Trabajo del
Departamento Judicial de Santo Domingo acogió la principal interpuesta por los
Ángeles Dodgers y rechazó la incidental presentada por el deportista, lo que le
condujo a decidir lo siguiente: (a) revocar la sentencia de primer grado, (b)
declarar la incompetencia de atribución de la jurisdicción de trabajo y c) enviar
el asunto para que fuera conocido en arbitraje por el comisionado de Béisbol de
Grandes Ligas.
3. La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, en funciones de Corte de
Casación, casó la referida sentencia y envió el asunto para que fuera conocido
por la Segunda Sala de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
4. El tribunal de envío rechazó los recursos de apelación interpuestos por las
partes y confirmó en todas sus partes la sentencia evacuada por la Primera
Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Santo Domingo.
5. Finalmente, intervino la sentencia objeto de este comentario por la cual las
Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia, en funciones de corte de
casación, enviaron el litigio ante la Sala Primera de la Corte de Trabajo del
Distrito Nacional con la finalidad de que este tribunal de reenvío determine el
tipo o clasificación del contrato de trabajo existente entre las partes en litigio y,

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