Carta circular Nº 202300019 Superintendencia de Bancos de la República Dominicana, 07-12-2023
Fecha | 07 Diciembre 2023 |
Estatus | Vigente |
Tipo de documento | Carta circular |
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Av. México #52, esq. Leopoldo Navarro, Santo Domingo, D.N., República Dominicana,
Código postal 10204, Tel.: 809-685-8141 ● www.sb.gob.do @SuperdeBancosRD
CARTA CIRCULAR:
CCI-REG-202300019
A las : Entidades de intermediación financiera (EIF).
Asunto : Puesta en vistas públicas de la propuesta de modificación del "Instructivo
sobre Formalización, Registro y Control de Garantías”.
Con el objetivo de actualizar el marco regulatorio que rige a las EIF respecto a las disposiciones
establecidas en la Ley Núm. 45-20 de Garantías Mobiliarias y la Cuarta Resolución de la Junta
Monetaria del 18 de noviembre de 2021, que modifica los artículos 63 y 66 del Reglamento de
Evaluación de Activos (REA), para incorporar las disposiciones sobre la constitución de garantías y
otros tipos de garantías admisibles; el Superintendente de Bancos en uso de las atribuciones que le
confiere el literal (e) del artículo 21 de la Ley Núm. 183-02 Monetaria y Financiera del 21 de
noviembre de 2002, informa lo siguiente:
1. Se encuentra disponible en la página web de la Superintendencia de Bancos >,
la propuesta de modificación del "Instructivo sobre Formalización, Registro y Control de
Garantías”.
2. La presente publicación se realiza para recabar la opinión de los sectores interesados, de
conformidad con lo establecido en la Ley Núm. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en
sus relaciones con la Administración Pública y de Procedimiento Administrativo, del seis (6) de
agosto de 2013.
3. La propuesta de modificación del Instructivo será publicada en la página ob.do> en
las rutas: “Regulación / Consultas Públicas” y “Transparencia / Consultas Públicas / Procesos de
Consultas Abiertas”.
4. Las entidades dispondrán de un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la
fecha de publicación de la presente Carta Circular, para remitir las observaciones al referido
documento de forma consensuada al correo regulacion@sb.gob.do a través de los Gremios a
los que pertenecen, y en el caso de las entidades no pertenecientes a un gremio deberán remitir
dichas observaciones de manera individual.
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Dada en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023).
Alejandro Fernández W.
SU PER IN TEN DEN TE
AFW/YRM /EF CT/ OL C
DE PAR TA MEN TO DE R EGU LAC IÓ N
INSTRUCTIVO
SOBRE FORMALIZACIÓN, REGISTRO
Y CONTROL DE GARANTÍAS
Circular SB: CSB-REG-202300000
xxxx, 20xx
SANTO DOMINGO, REPÚBLICA DOMINICANA
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