El caso Beatriz y sus implicaciones en nuestro derecho interno

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Ref. J:

"El caso Beatriz y sus implicaciones en nuestro derecho interno"

José Carlos Arias N. & Scarlet Shirley Sánchez

José Carlos Arias;

Abogado, oficinista II, Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Cristóbal.

josenina16@hotmail.com

Scarlet Shirley Sánchez;

Abogada de la Oficina Presidencial de Tecnologías de la Información y Comunicación (OPTIC).

s.contreras0790 @gmail.com

RESUMEN:

En este artículo se analiza la decisión de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos sobre el aborto en el llamado "caso Beatriz" de El Salvador y su posible aplicabilidad en la República Dominicana.

PALABRAS CLAVES:

Aborto, Corte Interamericana, Comisión Interamericana de los Derechos Humanos, Constitución, anencefalia, lupus, Suprema Corte de Justicia, Sala Constitucional de El Salvador, derecho a la vida, derechos humanos, derecho constitucional, República Dominicana.

Tiempo antes de la redacción de este artículo se suscitó en el ambiente jurídico latinoamericano un debate que aún hoy genera controversias, no solo en nuestra región sino también en otros lugares del mundo. Nos referimos al conflicto legal entre el derecho a la vida del feto frente al derecho a la mujer a decidir qué hacer con su cuerpo, sea cuando su existencia física se encuentra en peligro, sea cuando la criatura que espera es fruto de una violación o de un incesto, sea, simplemente, que no se quiere ser madre en ese momento determinado. En primer lugar debemos tratar algunos conceptos generales sobre el aborto.

El término aborto viene del latín abortus, participio del verbo aborior, que es una palabra compuesta por ab = de (indica separación) y orior = levantarse, salir, nacer. La Real Academia Española define aborto como: "la interrupción del embarazo por causas naturales o deliberadamente provocadas. Puede constituir eventualmente un delito".

El caso que nos ocupa se centró en El Salvador, país centroamericano que como otros cuatro países más de la región condena cualquier tipo de aborto. El caso presentado en la referida nación ha sido denominado "caso Beatriz", haciendo alusión a la protagonista del tema en cuestión. Beatriz se encontraba encinta, situación esta que le trajo varias complicaciones médicas, entre las que se destacaba fundamentalmente el lupus eritematoso, enfermedad que se caracteriza por el ataque por error del sistema inmunitario que se encuentra sano, generando inflamación prolongada; puede causar la muerte.

Además de la enfermedad por la que pasaba la mujer, se presentaba una situación particular respecto al feto que ella llevaba en su vientre, y era que el referido nacisturus, o el que va a nacer, tenía una deficiencia congénita que le impedía mantenerse en condiciones de sobrevivir después de su nacimiento, toda vez que padecía de anencefalia, condición que se presenta cuando una criatura tiene como deficiencia gran parte del cerebro y el cráneo.

Ambas situaciones trajeron como consecuencia que la joven Beatriz acudiera a su centro de salud para recibir asistencia médica, donde los facultativos del área de ginecología en cuestión observaron su situación y la del feto y ponderaron que:

1) la vida de la madre se encontraba en peligro por las complicaciones de salud que se derivaban de la enfermedad que poseía, unido a la situación especial del feto que gestaba; 2) el feto que se estaba desarrollando en su vientre era un potencial natimuerto, es decir, que en el caso de que se desarrollara y fuera alumbrado, moriría al instante o poco tiempo después.

Observando esa situación, los médicos del Hospital Nacional de Maternidad de El Salvador coincidían en la conveniencia de que se le practicara un parto inducido a la madre, a fin de que su vida se preservara respecto a la del feto, ya que este último iba a morir de todas maneras por su condición médica, pero ellos prefirieron continuar con tratamientos que pudieran paliar la difícil situación de la madre, temiendo ser sancionados por las disposiciones del Código Penal de El Salvador, cuyo artículo 135...

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