Circular Nº C-SIV-2011-09-MV de Superintendencia del Mercado de Valores, 2017

Año2017
Fecha de publicación25-07-2017
Número de circularC-SIV-2011-09-MV
Tipo de documentoCirculares
SC-07-03-05 Página 1 de 4
CIRCULAR
C-SIV-2011-09-MV
Referencia: Circular que Informa a los Participantes del Mercado de Valores y emisores de
valores que deberán adecuarse a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF’S).
VISTA :
La Ley del Mercado de Valores No.19-00 (en lo
adelante Ley), de fecha ocho (8) de mayo del año dos
mil (2000), en particular:
El artícul o 21, inciso “a” que dispone que la
Superintendencia tendrá la atribución ejecutar y
vigilar el cumplimiento de las disposiciones de la ley,
de su reglamento y de las normas que dicte, con el
propósito de promover el funcionamiento de un
mercado de valores ordenado, eficiente y transparente.
El inciso “o”, que le permite intervenir en otros
asuntos de su com petencia relacionados c on el
desarrollo del mercado de valores.
VISTO :
El Reglamento de Aplicación, contenido en el Decreto
No. 729-04, de fecha 3 de agosto de 2004 (en lo
adelante Reglamento), en particular:
El artículo 132, el cual establece que la
Superintendencia supervisará a los emisores de
valores y los demá s participantes del mercado de
valores, para asegurarse de la adherencia a las
disposiciones legales vigentes y de que los registros
contables y los estados financieros que estos presenten
estén apegados a las Normas Internacionales de
Información Financiera.
El artículo 141, que dispone que la contabilidad de los
participantes en el mercado de valores deberá llevarse
con apego a los manuales de contabilidad y planes de
cuentas que para cada tipo de institución aprobará la
Superintendencia, sujetándose a todos los principios y
normas internacionales de contabilidad, a las que dicte
el Instit uto de Contadores Públicos Autori zados de la
República Dominicana (ICPARD) y las normas de
carácter general que dicte la Superintendencia.
VISTA :
La Ley No. 31-11 que introduce nuevas
modificaciones a la Ley No. 479-08 sobre Sociedades
Comerciales y empresas Individuales de
Responsabilidad Limitada, de f echa 10 de febrero de
2011, en particular:

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