Cláusula penal aplicable a la revocación del contrato de cuotalitis

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"Cláusula penal aplicable a la revocación del contrato de cuotalitis"

Yoaldo Hernández Perera

RESUMEN:

Se estudia la sostenibilidad jurídica de la cláusula penal incluida en algunos contratos de cuotalitis suscritos entre los abogados y sus clientes, aplicable cuando estos últimos pretendan revocar el mandato antes de culminar el proceso para el cual se acordó la representación profesional.

PALABRAS CLAVES:

Contrato, cuotalitis, mandato, autonomía de la voluntad, contrato de adhesión, revocación, cláusula penal, proveedor de servicios, consumidor o usuario, derechos del consumidor, cláusula abusiva, ineficacia legal, derecho civil, República Dominicana.

Para asegurar el pago de sus honorarios, una práctica de muchos abogados en los últimos tiempos es el incluir, en los contratos de cuotalitis, una cláusula penal aplicable en caso de que el cliente pretenda revocar el mandato antes de lo previsto. En efecto, lo que se estila es que la pena consistirá en el pago de los honorarios, cual si la representación se hubiere llevado a cabo hasta el final del proceso o trámite de que se trate; es decir, por efecto de la aludida cláusula penal, si el cliente revoca el mandato a su abogado antes de lo consensuado, debe igualmente pagarle, por concepto de honorarios, el mismo monto que pagaría si no lo hubiera desapoderado.

Las máximas de experiencia en el quehacer jurídico aleccionan en el sentido de que, ciertamente, se registran casos en que clientes descomedidos apoderan y desapoderan abogados sin tomar los miramientos de lugar; sea porque entienden que otro abogado le va a hacer el trabajo por menos honorarios, sea porque no están conformes con la diligencia del primer abogado, o porque hayan entrado en diferencias con él, producto de los intereses de cada quien. Pero también nos encontramos con situaciones en que algunos letrados, apartados de la ética profesional, pretenden abusar de sus clientes, al tiempo de obtener pagos a causa de diligencias que no han realizado materialmente. Ambas verdades coexisten, no hay dudas sobre ello.

No es controvertida la legitimidad que tiene el interés de cada quien para proteger sus intereses; pero el mecanismo jurídico empleado para la consecución de tal propósito debe en todo caso resistir una lectura normativa. Justamente por eso, merece analizarse hasta qué punto resulta factible una cláusula penal en el contexto jurídico antes descrito.

La acción que típicamente se intenta a propósito de la cláusula penal...

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