Tesis Jurisprudencial de 20 de Diciembre de 1995 sobre COMITE GESTOR DE UN SINDICATO MIEMBROS CUESTION DE HECHO.

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 1995

COMITE GESTOR DE UN SINDICATO. MIEMBROS. CUESTION DE HECHO:

Que la determinación de las funciones desempeñadas por los trabajadores al momento de la formación de un sindicato para establecer el número mínimo de trabajadores, que de acuerdo con la ley debe integrar el Comité Gestor del mismo, es una cuestión de hecho, de la soberana apreciación de los jueces del fondo; que salvo que éstos incurran en la desnaturalización de los hechos y documentos de la causa, sus decisiones en este aspecto escapan al control de la casación; que al decidir la Corte a-qua que los recurridos no estaban impedidos de integrar el Comité gestor del sindicado de trabajadores de la empresa recurrente, por no haberse probado que desempeñaban funciones de dirección, inspección, seguridad, vigilancia o...

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