Las compras públicas y las MIPYMES: enfoque estratégico de gestión

AutorAlejandro Canónico Sarabia
CargoAbogado, profesor de Derecho Administrativo, doctor en Derecho por la Universidad de La Coruña, miembro del Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo y del Instituto Internacional de Derecho Administrativo. Coordinador Nacional de la Red Iberoamericana de Contratación Pública
Páginas33-47
LAS COMPRAS PÚBLICAS Y LAS MIPYMES:
ENFOQUE ESTRATÉGICO DE GESTIÓN
Alejandro Canónico Sarabia
Abogado, profesor de Derecho Administrativo, doctor en Derecho por la Universidad de La Coruña, miembro del
Foro Iberoamericano de Derecho Administrativo y del Instituto Internacional de Derecho Administrativo.
Coordinador Nacional de la Red Iberoamericana de Contratación Pública.
canonico1511@gmail.com
Resumen:
La compra pública estratégica consiste en la incorporación de variables ambientales, sociales, éticas, de
innovación y fundamentalmente de promoción de las mipymes, sin olvidar el cumplimiento de los
principios generales de las contrataciones públicas. Entendiendo la importancia de las mipymes en el
tejido empresarial y su necesaria operación comercial para el desarrollo del país, así como la influencia de
las compras públicas en la economía de los Estados, resulta necesario combinar tales realidades para
consolidar un sistema de desarrollo económico y social sostenible. Es por ello que la República
Dominicana ha implementado una política de incentivo y aseguramiento para la participación de las
mipymes en el mercado de las compras públicas en condiciones favorables.
Palabras claves: Contratación pública, mipyme, contratación estratégica, República Dominicana.
I. LAS COMPRAS PÚBLICAS COMO HERRAMIENTA ESTRATÉGICA PARA
CUMPLIR CON LA GESTION PÚBLICA
La Administración pública, en ejercicio de la función o actividad administrativa o actividades de
gestión económica no siempre procede por vía unilateral mediante actos administrativos o por vía
reglamentaria, sino que con frecuencia requiere de acuerdos en sus diversas formas, celebrando
convenios o actos bilaterales de distinta naturaleza. Sus múltiples y complejos fines la obligan a
la celebración de numerosos actos jurídicos, solicitando la colaboración voluntaria de sujetos
privados u operadores económicos y de otros órganos o entes públicos para hacer más eficiente la
gestión del interés general.
Las relaciones bilaterales entre órganos y entes de la Administración pública, así como entre
órganos públicos y actores privados, que se documentan a través de contratos o convenios de
asociación, se convierten en una de las formas jurídicas para cumplir con la función jurídico
administrativa, es más, se convierte en la actualidad en el medio para cumplir con los parámetros
de gobernanza que potencian una gestión pública más productiva y eficiente.

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