Tesis Jurisprudencial de 22 de Marzo de 1939 sobre COMUNIDAD MATRIMONIAL.

Fecha de Resolución22 de Marzo de 1939

COMUNIDAD MATRIMONIAL.

Partición. Liquidación. Matrimonio religioso. Prueba. Ley extranjera. Efectos civiles.

En la especie, la demandante debía probar que el matrimonio religioso celebrado en Siria producía efectos civiles, creador de un régimen de comunidad de bienes entre los supuestos esposos. La prueba de eso no se hizo. Por tanto, la sentencia fue casada.

C.. 22 marzo 1939, B.J. 344, p. 185.

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