Tesis Jurisprudencial de 1 de Abril de 1961 sobre CONTRATOS DE TRABAJO.

Fecha de Resolución 1 de Abril de 1961

CONTRATOS DE TRABAJO.

La acción del obrero por preaviso y auxilio de cesantía debe ser intentada en el plazo de tres meses.

CONSIDERANDO, que en la designación de acciones "por preaviso y auxilio de cesantía" del sustituido artículo 63 de la Ley 637 sobre Contratos de Trabajo, vigente cuando el obrero intentó su acción, estaban comprendidas además de las acciones específicamente designadas por la ley, también las intentadas por causa de dimisión o de despido; que en la decisión impugnada: consta "que el contrato de trabajo que existió entre los actuales litigantes terminó en fecha 15 de agosto de ,1958 (fecha de la terminación del contrato de trabajo) al 19 de febrero de 1959 (fecha de la demanda en justicia) habían transcurrido seis (6) meses y cuatro (4) días, a lo cual hay que descontado el período (del 26 de diciembre de 1958 al 30 de enero de 1959) que estuvo el asunto sometido al Departamento de Trabajo para fines de conciliación, es decir un (1) mes y cuatro (4) días"; de donde as preciso admitir que el juez a-quo estatuyó correctamente al declarar prescrita la acción del obrero G.T., por haber sido intentada...

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