El precedente de las decisiones de la jurisdiccion internacional

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"El precedente de las decisiones de la jurisdicción internacional"

Aura Celeste Fernández Rodríguez

Abogada, ex-jueza de la Junta Central Electoral, ha sido Comisionada de Apoyo a la Reforma y Modernización de la Justicia y directora de la Escuela Nacional del Ministerio Público; es profesora universitaria y presidenta del Consejo Nacional de Bioética en Salud.

RESUMEN:

El nuevo ordenamiento constitucional dominicano otorga un papel trascendental al precedente, elemento hasta ahora ajeno a nuestra tradición jurídica. El artículo 7 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales (No. 137-11) establece que "las interpretaciones que adoptan o hagan los tribunales internacionales en materia de derechos humanos, constituyen precedentes vinculantes" en la República Dominicana. Por otro lado el artículo 184 de la Constitución dispone que las decisiones del Tribunal Constitucional "son definitivas e irrevocables y constituyen precedentes vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado".

PALABRAS CLAVES:

El precedente, Tribunal Constitucional, procedimientos constitucionales, precedentes vinculantes, decisiones semejantes y predecibles, seguridad jurídica, stare decisis, sentencias vinculantes, previsibilidad, homogeneidad, censura previa, Corte Europea de Derechos Humanos, Convención Americana, jerarquía constitucional, Corte Interamericana de Derechos Humanos, derechos fundamentales, sentido más favorable, técnica jurídica de interpretación.

Un aspecto interesante del nuevo ordenamiento constitucional dominicano es el papel que se le otorga al precedente. Según establece el artículo 7 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales núm. 137-11, "las interpretaciones que adoptan o hagan los tribunales internacionales en materia de derechos humanos constituyen precedentes vinculantes" en la República Dominicana.

El precedente es un elemento novedoso en nuestra particular tradición jurídica; sin embargo, es de larga data. Proviene del adagio latino "stare decisis et non quieta movere", que significa "respetar lo decidido y no agitar las cosas ya resueltas". El precedente o stare decisis ha sido mayormente utilizado por los tribunales anglosajones, obligados a decidir los casos similares conforme a las decisiones judiciales anteriores de los tribunales internos, siempre y cuando estén en juego las mismas cuestiones jurídicas. La doctrina del precedente...

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