Decreto Nº 103-22. Que aprueba la política nacional de datos abiertos, la cual se encontrará disponible en el portal nacional de datos abiertos, administrado por la dirección general de ética e integridad gubernamental. crea la comisión nacional de datos abiertos.
Fecha de disposición | 01 Marzo 2022 |
Número de Decreto | 103-22 |
Fecha de publicación | 17 Marzo 2022 |
Número de Gaceta | 11061 |
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establecidos en la Ley Orgánica de la Policía Nacional núm. 590-16, del 15 de julio de 2016.
ARTÍCULO 14. Envíese a las instituciones correspondientes, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, al primer (1) día del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 103-22 que aprueba la Política Nacional de Datos Abiertos, la cual se
encontrará disponible en el Portal Nacional de Datos Abiertos, administrado por la
Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental. Crea la Comisión Nacional de
Datos Abiertos.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO. 103-22
CONSIDERANDO: Que el artículo 49 de la Constitución establece que toda persona tiene
derecho a la información y comprende la búsqueda, investigación, recepción y difusión de la
información de todo tipo, de carácter público, por cualquier medio, canal o vía.
CONSIDERANDO: Que el numeral 12 del artículo 75 de la Constitución establece como
deber fundamental de las personas “velar por el fortalecimiento y la calidad de la democracia,
el respeto del patrimonio público y el ejercicio transparente de la función pública'’,
propugnando una participación activa e igualitaria de la sociedad dominicana bajo el marco
de una responsabilidad jurídica y moral.
CONSIDERANDO: Que el Estado dominicano presentó el 8 de septiembre de 2011 su carta
de intención para pertenecer a la Iniciativa Multilateral de Alianza para el Gobierno Abierto
(OGP, por sus siglas en inglés), instrumento internacional que atribuye a sus miembros
ciertos compromisos en materia de transparencia, acceso a la información pública, ética de
la función pública, lucha contra la corrupción, participación ciudadana, innovación en
políticas públicas y uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental
(DIGEIG), creada mediante el Decreto núm. 486-12, del 21 de agosto de 2012, como órgano
rector en materia de transparencia, gobierno abierto, lucha contra la corrupción y libre acceso
a la información pública, es el punto de contacto del Gobierno dominicano ante la Alianza
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