Decreto Nº 109-22. Que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales del estado a 140 personas.

Fecha de disposición07 Marzo 2022
Número de Decreto109-22
Fecha de publicación17 Marzo 2022
Número de Gaceta11061
- 80 -
ARTÍCULO 5. Envíese a los ministerios de Hacienda y de la Mujer, y a la Dirección General
de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 109-22 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones especiales
del Estado a 140 personas.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 109-22
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de
junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial del
Estado dominicano a las siguientes personas:
Núm.
Nombres y apellidos
Cédula de
identidad y
electoral
Monto
RD$
1
JULIO CESAR BATISTA
008-0000043-2
$60,000.00
2
JUAN TORRES
008-0003168-4
$60,000.00
3
BASILIA YOLANDA CUSTODIO FABIAN DE FLORES
008-0002725-2
$50,000.00
4
SIXTA BRITO DE ALMONTE
008-0000058-0
$50,000.00

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