Decreto Nº 125-17. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilación y Asigna Pensiones del Estado, por Antigüedad en el Servicio, a Varios Servidores Públicos.

Fecha de disposición18 Abril 2017
Número de Decreto125-17
Fecha de publicación24 Abril 2017
Número de registro3382077
Número de Gaceta10879
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
-112-
_________________________________________________________________________
13. A la suma de quince mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$15,000.00), a favor de
Zenaida Caridad De los Santos L de Frías, Cédula de Identidad y Electoral No.001-
0024477-1.
14. A la suma de veinticinco mil cuatrocientos quince pesos dominicanos con 75/100
(RD$25,415.75), a favor de Justina Rojas De Jesús, Cédula de Identidad y Electoral
No.001-0556064-3.
15. A la suma de sesenta y dos mil cuatrocientos pesos dominicanos con 00/100
(RD$62,400.00), a favor de Margarita María Cordero Frías, Cédula de Identidad y
Electoral No.001-0150390-2.
ARTÍCULO 11. El presente beneficio no será válido para aquellas personas que ya se
encuentren disfrutando de pensión otorgada por el Estado.
PÁRRAFO. En los casos positivos, el/la beneficiario/beneficiaria podrá optar por aquella
pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 12. Estas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y
Jubilaciones de la Ley de Presupuesto General del Estado, y las mismas serán ejecutadas
por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, del Ministerio de
Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de expedición
del presente Decreto, sin perjuicio de las responsabilidades asignadas a las instituciones
públicas, en la Ley núm. 41-08, sobre Función Pública, en los casos que aplique.
ARTÍCULO 13. Envíese al Ministerio de Hacienda, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017),
años 174 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 125-17 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del
Estado, por antigüedad en el servicio, a varios servidores públicos. G. O. No. 10879 del
24 de abril de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 125-17

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR