Decreto Nº 125-22. Que regula los procesos relativos al registro de cosméticos y productos de higiene personal y del hogar, así como los procedimientos de control y supervisión relativos a su comercialización. modifica el artículo 111 del dec. núm. 246-06, así como el reglamento núm. 117-18

Fecha de disposición17 Marzo 2022
Número de Decreto125-22
Fecha de publicación01 Abril 2022
Número de Gaceta11062
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e interés social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno y sus mejoras, en el
Distrito Nacional dentro del solar núm. 1, manzana núm .546, D. C. núm. 01.
VISTO: El Decreto núm. 204-08, del 27 de mayo de 2008, que modifica el artículo 1 del
Decreto núm. 150-08, del 24 de marzo de 2008, que declaró de utilidad pública e interés
social, por parte del Estado dominicano, una porción de terreno y sus mejoras, en el Distrito
Nacional.
VISTA: La Ley núm. 344 del 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, sobre Procedimiento
de Expropiación,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluye de la expropiación efectuada mediante los decretos números 150-08,
del 24 de marzo de 2008 y 204-08, del 27 de mayo de 2008, en su artículo 1, mediante los
cuales fue declarada de utilidad pública una porción de terreno con área superficial de
seiscientos setenta y cinco metros cuadrados (675.00 m2), dentro del solar 1-007.22, manzana
núm. 543, D. C. núm. 01, matrícula núm. 0100025829, ubicada en el Distrito Nacional,
propiedad de José Armando Aliff Gómez.
Artículo 2. Envíese al registrador de títulos del Distrito Nacional y a la Dirección General
de Bienes Nacionales, para su conocimiento y ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de marzo del año dos mil veintidós (2022), año
179 de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 125-22 que regula los procesos relativos al registro de cosméticos y productos
de higiene personal y del hogar, así como los procedimientos de control y supervisión
relativos a su comercialización. Modifica el artículo 111 del Dec. núm. 246-06, así como
el Reglamento núm. 117-18. G. O. No. 11062 del 1ro. de abril de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 125-22
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la Administración

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