Decreto Nº 127-17. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilación y Asigna Pensiones del Estado, por Antigüedad en el Servicio, a Varias Personas

Fecha de disposición18 Abril 2017
Número de Decreto127-17
Fecha de publicación24 Abril 2017
Número de registro3382079
Número de Gaceta10879
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA.
-149-
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Dec. No. 127-17 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del
Estado, por antigüedad en el servicio, a varias personas. G. O. No. 10879 del 24 de
abril de 2017.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 127-17
VISTO: El Artículo 57 de la Constitución de la República, proclamada el 13 de junio de
2015.
VISTA: La Ley núm. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, del 11 de
diciembre de 1981.
VISTOS: Los oficios núms. 5537, 5538, 5954 y 5953 del 24 y 31 octubre de 2016,
respectivamente dirigido al Presidente de la República por el Ministro de Hacienda, donde
solicita las pensiones de varios servidores públicos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
dominicano, por antigüedad en el servicio, a los siguientes servidores públicos:
1. Alba Josefina Espaillat de Curiel, cédula de identidad y electoral núm. 001-
0729064-5, por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
2. Alba Luisa Pascual Sosa de Holguín, cédula de identidad y electoral núm. 026-
0058064-7, por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
3. Álvaro Lara, cédula de identidad y electoral núm. 001-0846626-9, por un monto de
siete mil doscientos pesos dominicanos con 00/100 (RD$7,200.00) mensuales.
4. Amarily Reyes Espinal, cédula de identidad y electoral núm. 001-0486354-3, por un
monto de veinticinco mil setecientos diecisiete pesos dominicanos con 07/100
(RD$25,717.07) mensuales.
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5. América Altagracia Moreno de León de Bueno, cédula de identidad y electoral núm.
031-0239485-9, por un monto de dieciocho mil ochocientos cincuenta pesos
dominicanos con 84/100 (RD$18,850.84) mensuales.
6. Amparo Rubio Caba, cédula de identidad y electoral núm. 001-0189954-0, por un
monto de veintinueve mil seiscientos cincuenta y cuatro pesos dominicanos con
74/100 (RD$29,654.74) mensuales.
7. Ana Frías Contreras de Montaño, cédula de identidad y electoral núm. 001-
0870509-6, por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
8. Ana Francisca González de Amaro, Cédula de identidad y electoral núm. 001-
0374103-9, por un monto de treinta y cinco mil novecientos setenta y siete pesos
dominicanos con 23/100 (RD$35,977.23) mensuales.
9. Ana Matilde Santos, cédula de identidad y electoral núm. 001-0396787-3, por un
monto de veinte mil doscientos sesenta y dos pesos dominicanos con 69/100
(RD$20,262.69) mensuales.
10. Ana Mercedes Féliz Féliz de Gómez, Cédula de identidad y electoral núm. 001-
0653016-5, por un monto de cuarenta mil trescientos noventa y ocho pesos
dominicanos con 80/100 (RD$40,398.80) mensuales.
11. Ana Susana Cabrera Mercedes de Núñez, Cédula de identidad y electoral núm.037-
0028360-3, por un monto de treinta y ocho mil trescientos cincuenta y tres pesos
dominicanos con 94/100 (RD$38,353.94) mensuales.
12. Ana Virginia Vásquez de Cabrera, cédula de identidad y electoral núm. 001-
0247585-2, por un monto de cuarenta mil novecientos cuarenta pesos dominicanos
con 00/100 (RD$40,940.00) mensuales.
13. Andrea Sosa Vilorio de Astacio, cédula de identidad y electoral núm. 027-0002580-
8, por un monto de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100
(RD$5,117.50) mensuales.
14. Andrés García, cédula de identidad y electoral núm. 002-0081372-3, por un monto
de cinco mil ciento diecisiete pesos dominicanos con 50/100 (RD$5,117.50)
mensuales.
15. Ángela del Rosario Acosta de Alcántara, cédula de identidad y electoral núm. 019-
0001485-1, por un monto de diecinueve mil novecientos cincuenta y cinco pesos
dominicanos con 25/100 (RD$19,955.25) mensuales.

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