Decreto Nº 130-99. Decreto que Modifica el Art. 7 del Decreto N° 421-98, de Fecha 19 de Noviembre de 1998

Número de Decreto130-99
Número de registro3334556
Fecha de disposición30 Marzo 1999
Fecha de publicación31 Marzo 1999
EmisorINSTITUTO AZUCARERO DOMINICANO (INAZUCAR).
Número de Gaceta10010
-32
Leone1 Fernindez
Dec. No. 130-99 que modifica el Art.
7
del Decreto No. 421-98, de fecha 19 de
noviembre de 1998.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO:130-99
VISTO
el Decreto No. 421-98, del 19 de noviembre de 1998, sobre la Zafra
Azucarera del aiio 1999;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Articulo 1.- Se agrega un parrafo a1 Articulo
7
del Decreto No. 421-98, del
19 de noviembre de 1998, para que rija del siguiente modo:
“Parrafo
111.-
Cuando se compruebe que las disponibilidades de azucar
producidas en el pais no son suficientes para atender a la demanda del mercado nacional, el
Instituto Azucarero Dominicano, en coordinacihn con la Secretaria de Estado de Industria
y
Comercio, debera tomar las providencias de lugar para que se proceda a la importacihn de
las cantidades de azucar que fueren necesarias para suplir la deficiencia.”
Articulo 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Industria
y
Comercio
y
a1
Instituto Azucarero Dominicano para
su
conocimiento
y
fines de lugar.
Dado en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de marzo del
aiio
mil novecientos
noventa
y
nueve, aiios 156 de la Independencia
y
136 de la Restauracihn.

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