Decreto Nº 144-24. Que concede pensiones especiales del estado de rd$30,000.00 mensuales a tres personas.

Fecha de disposición14 Marzo 2024
Fecha de publicación15 Marzo 2024
Número de Decreto144-24
Número de Gaceta11144
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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores, para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro (2024); año
181 de la Independencia y 161 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 144-24 que concede pensiones especiales del Estado de RD$30,000.00
mensuales a tres personas. G. O. No. 11144 del 15 de marzo de 2024.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 144-24
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de
junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de una pensión especial del Estado dominicano por
un monto de treinta mil pesos con 00/100 (RD$30,000.00) mensuales a las siguientes
personas:
Núm.
Nombres y apellidos
Cédula de identidad y electoral
1
Rose Mary Altagracia Méndez Santos de
Santos
094-0000938-8
2
Carmen Ercilia Farina Santos
094-0000734-1
3
Alexandra Elena Santos Fermín de Sued
094-0003496-4
ARTÍCULO 2. En caso de que los beneficiarios se encuentren disfrutando de una pensión
del Estado, estos podrán optar por la pensión que más le favorezca.

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