Decreto Nº 161-18. Decreto que Incrementa el Per Cápita del Plan de Servicios de Salud Especial Transitorio para Jubilados y Pensionados del Ministerio de Hacienda, Al Monto de Rd$1,281.36, por Cada Jubilado y Pensionado que Esté Afiliado a la Administradora de Riesgos de Salud del Seguro Médico para Maestros, Con Efectividad a la Facturación de Diciembre 2017.

Número de Decreto161-18
Número de registro3387893
Fecha de publicación18 Mayo 2018
Fecha de disposición02 Mayo 2018
EmisorCONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (CNSS).
Número de Gaceta10910
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Dec. No. 161-18 que incrementa el per cápita del Plan de Servicios de Salud Especial
Transitorio para Jubilados y Pensionados del Ministerio de Hacienda, al monto de
RD$1,281.36, por cada jubilado y pensionado que esté afiliado a la Administradora de
Riesgos de Salud del Seguro Médico para Maestros, con efectividad a la facturación
de diciembre 2017. G. O. No. 10910 del 18 de mayo de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 161-18
CONSIDERANDO: Que los artículos 60 y 61 de la Constitución dominicana disponen que
la seguridad social y la salud son derechos fundamentales inherentes al ser humano, por lo
que el Estado tiene el deber de estimular su desarrollo, asegurar el acceso universal,
garantizar, mediante legislaciones y políticas públicas, su protección y asistir a los grupos y
sectores vulnerables.
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 87-01, que crea el Sistema Dominicano de
Seguridad Social (SDSS), del 9 de mayo de 2001, establece en su artículo 3 los principios
rectores que rigen el SDSS, entre los cuales se destaca el principio de equilibrio financiero,
basado en la correspondencia entre las prestaciones garantizadas y el monto de su
financiamiento; es decir, que los servicios que se ofrecen deben ser proporcionales a la
cantidad de dinero que se percibe por estos.
CONSIDERANDO: Que el artículo 18, literal f, del Reglamento Orgánico del Ministerio
de Educación dispone que la ARS SEMMA es una institución desconcentrada, adscrita al
Ministerio de Educación, responsable de administrar el servicio de salud de los empleados
activos, pensionados y jubilados del sistema educativo.
CONSIDERANDO: Que el artículo 1 del Decreto núm. 2745, del 12 de febrero de 1985,
crea el Seguro Médico para Maestros (SEMMA), adscrito al Ministerio de Educación de la
República Dominicana (MINERD), con el objetivo de garantizar los cuidados de salud
necesarios para los maestros del sector público educativo de la nación.
CONSIDERANDO: Que el Decreto núm. 342-09, del 28 de abril de 2009, crea el Plan de
Servicios de Salud Especial Transitorio para los Pensionados y Jubilados que reciben su
pensión a través del Ministerio de Hacienda, siendo ARS SEMMA una de las
administradoras de riesgos de la provisión de dicho plan para administrar los servicios de
salud de los maestros que figuran en la nómina de pensionados y jubilados de la Dirección
General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado.

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