Decreto Nº 1674. Decreto que Regula la Zafra Azucarera del Año 1980

Fecha de disposición07 Abril 1980
Número de Decreto1674
Fecha de publicación01 Enero 1980
Número de registro3294095
Número de Gaceta9529
2775
Articulo 8.- Cuando la producci6n de las empresas establecidas en la Zona
Franca Industrial
de
La
Vega,
o
una parte de su producci6n, maquinaria,
equipo, materia prima en estado natural, elaborada
o
semielaborada, sea
destinada a1 territorio aduanero nacional, su introducci6n ser6 efectuada a
trav6s de las aduanas, previo cumplimiento de todas las fonnalidades
y
pago de
todos
10s
derechos, impuestos y cargas fiscales correspondientes, de
conformidad con las previsiones
y
limitaciones establecidas en
10s
Arts.
10
y
18 de la
Ley
No. 299, sobre Incentivo
y
Protecci6n Industrial.
Psrrafo
I.-
En aquellos casos especiales en que
10s
productos
manufacturados en, la Zona Franca Industrial
de
La
Vega est& elaborados con
materia prima nacional
y
extranjera,
el
Directorio de Desarrollo Industrial,
de conformidad con lo establecido por
el
Articulo 23 de
la
referida
Ley
No.
299, someterd el cas0 a la decisi6.n del Poder Ejecutivo,
a
fin de que
6ste
determine
si
10s
derechos
e
impuestos correspondientes deberdn pagarse en la
proporci6n del valor que corresponda
a
la
materia prima y/o
10s
componentes
que
no
Sean de origen nacional que entran en su elaboraci6n.
Articulo 9.- Dentro de la Zona Franca Industrial de La Vega, regirsn las
leyes sanitarias, laborales y de seguridad social de la Rep6blica Dominicana.
Articulo
10.-
El
establecimiento de empresas en la Zona Franca Industrial
de
La
Vega, deber6 tener la aprobaci6n del Directorio
de
Desarrollo
Industrial. Los casos no previstos sobre
el
establecimiento, funcionamiento
y
reglamentaci6n de la referida zona, serdn resueltos por
la
Corporaci6n de
Foment0 Industrial,
de
comh acuerdo con
el
Directorio
de
Desarrollo
Industrial
y
el
Consejo Nacional de Zonas Francas Industriales.
Articulo
11.-
La Direcci6n General
de
Aduanas proveerg todo lo relativo a
las medidas
gue
Sean necesarias para
la
protecci6n de
10s
intereses fiscales,
para
lo
cual dispondrd la asignaci6n
de
10s
oficiales
y
celadores necesarios a
la Zona Franca Industrial 3e
La
Vega.
Articulo
12.-
El
presente Decreto, deroga
y
sustituye
a1
Decreto No. 245
del
14
de septiembre de 1982, que crea la Zona Franca Industrial de La Vega,
as5 como todas las demds disposiciones que existan sobre
este
particular.
DADO
en Santo Doming0
de
Gwmdn, Distrito Nacional, Capital de la
Repcblica Dominicana, a
10s
veintitr6s (23) dias del
mes
de diciembre del aEo
mil
novecientos ochenta y seis) aiio 143O de
la
Independencia
y
124O
de la
Restauracih.
r)
JOAQUIN
BALAGUER
Dec.
No.
1276-86-499
que
nombra
a1
General de Brigada
JOSE
Wlio
Rodriguez
Jidnez,
P.N.8
Vicepresidente de
la
Junta
Administradora de Subsidios
para
Alistados
y
de
la
Junta
de
Retiro,
y
a1
Teniente
Coronel
rCrescencio
?&pez
Hernsndez,
P.N.8
Vocal
de dicha
Junta
Administradora,

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