Decreto Nº 1713. Decreto que Aprueba una Ordenanza del Ayuntamiento de la Comun de San Pedro de Macoris Estableciendo Un Arbitrio sobre Venta de Carne y Manteca Frita

Fecha de disposición07 Febrero 1944
Número de registro3280946
Número de Decreto1713
Fecha de publicación01 Enero 1944
Número de Gaceta6036
~
-105-
Decreto
NP
1713
que Aprueba una Ordenanza de1 Ayuntamiento
de
la
Com6n de San Pedro de Macoris estableciendo un arbitrio
sobre
venta
de carne
y
manteca frita,
G.
0.
NO
61196,
del
15
de
Febrero
de
1945.
RAFAEL
LEONIDAS
TRUJILU)
MOLINA
Presidente
de
la
RepubEca
Domhicana
-
NUMERO
1713.
En nejercicio de la qtribucidn
que
me
confkre el articuh
49,
inciso
259
de
la
Constituci6n de l’a
Reptlbliea,
dicto
el
siguientc
DECRErlO:
UNIC0.-Aprobar,
como
por
el presente apruebo,
4
artjcu-
lo
primer0
de
la Ordenanza
N*
2-44?
dktads
par
el
.Axwta-
miento de
la
Coen
de
San
Fedro
de
Macork,
?n
fecha
18
de
enero
de
1944,
el
cual
se
transcribe
a
continuadon:
“AR’SICUU) UNICO:
Se
mudifica
el
Articulo
Segundo
d~
la
Ordenanza
Muaieipd
N*
22-43,
dictaha
en
feeha
16
de no-
viembre
&l
aiio
1943,
rd’otiva
a
la
matanza
y
venta
de
carries
en
lahrnh
dehn
Pedro
de
Mac~ris,
a
fin
deque!
el
mismo
sea
kio
de4
siguiente
modo:
“ARTICULO
SEXUNDO:
Toda
persona
fisica
o
moral
que
introduzca came salada, longaniza, chieharrones
o
man-
fri-
ta
bien
sea
en
10s
campos
de
testa
Comun
y
pmcedente%
de
otra
Comtln,
o
de
una
a
otra Secci6n,
o
bien
en
la
zona
urbana
de
e%
ta
ciudad --condderhndose incluidos en la
mna
urbana
10s
lu-
gares sigukntes:
Cuatro
Caminos
y
Pnerta de Santa
F6-
es-
tarit
obligada
a
pagar
10s
derechos
siguienteq
en
man08
del
Te-
dmreri.,
Municipal,
o
en
cas0
de que estos proventos hubkren
sido cubastados, en
hos
del
rematante
de
taks
proventos
o
de
sus
r$presentanteS, mediante recibo que
!e
deberii
ser
ape-
dido
For
quien
perciba
diuho
pago:
a)-For
cada
libra
de
came
salada
.
.
. .
.
,
.
.
.
.
$V.02
ab)-Por
cada
libra
de
chicharrdn
.
.
. . .
.
.
.
,
.
‘%
01
c)-Por
cada
metro de
longaniza
.
.
. . .
.
.
,
.
.
*%.
04
d)--Por
cadti
kilo
de
manteca
frita,
peso
bruto
.
“0.0.
‘.
DADO
en
Ciudrd
Trujiilv,
Distrito
de
Santo
Domingo,
Ca-
pital
de
la
Repliblica
Dominicana,
a
loa
siete
dias
del
m
&t
febrero
del
aiio
mil
nbvecientcrs cuarenta
y
cuatro,
60s
190;’

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