Decreto Nº 184-14. Decreto que Modifica Varios Numerales de los Decretos Nos. 318-13, 333-13, 334-13, 366-13, 384-13, y 385-13, Asi como de los Decretos Nos. 6-14, 7-14, 38-14, 45-14, 79-14, 80-14, 84-14, 103-14 y 104-14, que Declararon de Utilidad Publica e Interes Social, por Parte del Estado Dominicano, Varias Porciones de Terrenos para Ser Utilizadas en la Construccion de Edificaciones Escolares.

Fecha de disposición26 Mayo 2014
Número de Decreto184-14
Fecha de publicación01 Enero 2014
Número de registro3371865
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION.
Número de Gaceta10757
-101-
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DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de mayo del año dos mil catorce
(2014), años 171 de la Independencia y 151 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 184-14 que modifica varios numerales de los Decretos Nos. 318-13, 333-13,
334-13, 366-13, 384-13, y 385-13, así como de los Decretos Nos. 6-14, 7-14, 38-14, 45-
14, 79-14, 80-14, 84-14, 103-14 y 104-14, que declararon de utilidad pública e interés
social, por parte del Estado dominicano, varias porciones de terrenos para s er
utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No. 10757 del 28 de
mayo de 2014.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 184-14
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiación.
VISTAS: Las correspondencias Nos. CJ/01704 a 01708, 15 de abril de 2014, 01917 a
01926, del 1 de abril de 2014, 0243 al 02043 a 02045, del 9 de mayo de 2014, 01732, del
15 de abril de 2014, 01738, del 16 de abril de 2014, 01966, de l 6 de mayo de 2014, y 01704
a 01708, del 15 de abril, remitidas por la Consultoría Jurídica del Ministerio de Educación a
la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo, solicitando sendas correcciones de decretos.
En ejercicio de las atribuciones que me co nfiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
Artículo 1. Se modifica el Numeral 5, del Artículo 1, del Decreto No.334-13, del 10 de
diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
5. Un solar con una extensión superficial de cien metros cuadrados (100.00 mts2), con
mejora consistente en una casa construida de block y techada de zinc, ubicado en el
municipio de Moca, provincia Espaillat, con los linderos siguientes: Al Norte, la señora
Ana Dilia Mercedes, Al Sur, la señora Bracelina Baret, Al Este y al Oeste, el señor Rafael
López, usufructuada por los señores ANA DILIA MERCEDES TEJADA PÉREZ DE
HERÍNQUEZ Y LUIS MANUEL HENRIQUEZ PERALTA”.

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