Decreto Nº 1890. Decreto que Nombra Al Sr. Manuel de Moya Alonzo, Ayudante Civil del Presidente de la Republica, Control de Guineos y Cocos.
Fecha de disposición | 29 Abril 1944 |
Número de Decreto | 1890 |
Fecha de publicación | 03 Mayo 1944 |
Número de registro | 3278956 |
Número de Gaceta | 6071 |
~NJ
COLECaON
DE
LEYES,
DECRETOS
&.-1889.
Nlim.
2839.-CARTA de naturalizaci6n otorgada por el
P.
E.
a1
Sr.
Charles Draper, sdbdito americano.
Dios,
Patria
y
Libertad.-Repithlica I)ominicana.-Ulises
Heureaux.-General de Divisi6n en Jefe del
E
j6rcito Nacional,
Pacificador de la Patria
y
Presidente Constitucional de la
Re-
pdblica.
Por cuantcr el sefior Charles Draper, natura! de Grand Torka
Minensota,
(EE.
UU.
de Norte Am&ica), hijo legitirno de Car-
les
Draper
y
de
Sara
Price, de
34
aiioa de edad, de profesih
contratista de caminos y f errocarriles, domiciliado
y
residente en
el pais desde el afio de
1879
;
ha elevado por 6rgano del Ministe-
rio de lo Interior
y
Policia una instancia solicitando Carta de
Natur alizaci6n
;
Atendiendo: a que
hace
mas de dos aiios que reside en la
Rep~,blica,
A
que es mayor de edad y
ii
que hace expresa renun-
cia
de la nacionalidad norte-americana
5
que pertenece,
por
ante
la
autoridad correspondiente, llenando
en
est0
y
tn
todo
lo
pres-
crito por la ley;
Y
de conformidad
con
lo que dispone el articulo
7
de la
Constitucih del Estado en
su
59
apartado;
En uso de las facultades que confiere a1 Poder Ejecutivo di-
cho
Pacto Fundamental, seg6n su articulo
51,
en
su
vigesima
sktima atribuci6n.
Hemos venido en conceder, como por la presente concede-.
mos,
Carta de Naturalizacih,
con
10s
deberes
y
derechos inhe-
rentes
6
10s
dominicanos, pr6vio el juramento de ley que presta-
rA
ante el Gobernador civil y militar del Distrito de Puerto
Pla-
ta, el seiior Charles Draper, natural de Grand
Torks
Minensota,
mayor de edad etc., quien desde ese momcnto sera reconocido
Ciudadano de la Repitblica Dominicana,
y
5
quien se guardaran
J-
haran guardar por las autoridades civiles
y
militares de ksta,
todos
Los
fueros
y
prerrogativas garantidos por la Constituci6n
del Estado.
La
presente Carta de Naturalizacih sera publicada en la
“Gaceta Oficial” y registradz en las Secretarias de Estado de
lo
Interior y Policia y de Relaciones Exteriores.
Dada en el Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital de
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