Decreto Nº 191-21. Que crea e integra el fondo nacional de la vivienda, adscrito al ministerio de la presidencia. crea e integra el consejo directivo del mencionado fondo.

Fecha de publicación30 Marzo 2021
Número de Decreto191-21
Fecha de disposición22 Marzo 2021
Número de Gaceta11015
-51-
_________________________________________________________________________
PÁRRAFO. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado tendrá un
plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, contado a partir de que
el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago
de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido
dicho plazo.
ARTÍCULO 3. Envíese al Ministerio de Hacienda y a la Dirección General de Jubilaciones
y Pensiones del Ministerio de Hacienda para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de marzo del año dos mil veintiuno (2021);
año 178 de la Independencia y 158 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. No. 191-21 que crea e integra el Fondo Nacional de la Vivienda, adscrito al
Ministerio de la Presidencia. Crea e integra el Consejo Directivo del mencionado fondo.
G. O. No. 11015 del 30 de marzo de 2021.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 191-21
CONSIDERANDO: Que es un derecho fundamental tener acceso a una vivienda digna y
adecuada. En dicho sentido, la Constitución de la República Dominicana, en su artículo 59
establece que “toda persona tiene derecho a una vivienda digna con servicios básicos
esenciales. El Estado debe fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y
promover planes de viviendas y asentamientos humanos de interés social. El acceso legal a
la propiedad inmobiliaria titulada es una prioridad fundamental de las políticas públ icas de
promoción de vivienda”.
CONSIDERANDO: Que la Constitución dominicana reconoce en su artículo 7 que la
República Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho, organizado en forma
de República unitaria, fundado en el respeto de la dignidad humana, los derechos
fundamentales, el trabajo, la soberanía popular y la separación e independencia de los poderes
públicos. Tal reconocimiento lo coloca como un Estado garante de derechos fundamentales,
que implica jugar un rol eficaz en el acceso de sus ciudadanos y ciudadanas a una vivienda
digna.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR