Decreto Nº 205-21. Que crea el Programa Arte Público Dominicano e integra su comisión presidida por el Ministerio Administrativo de la Presidencia

CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Constitución de la República, el Estado dominicano debe establecer políticas y programas que promuevan y estimulen las distintas manifestaciones culturales y artísticas, con el objetivo de fomentar el desarrollo y crecimiento de la identidad individual y colectiva de nuestra sociedad, tal y como lo estipula su artículo 64, que garantiza el derecho a la cultura.

CONSIDERANDO: Que el arte urbano es una manifestación contemporánea y popular que permite a los pueblos identificarse con su realidad sociocultural, política y económica, e incentiva aspectos creativos en las personas y su comunidad.

CONSIDERANDO: Que el arte mural, entendido como una de las expresiones del arte urbano, consiste en una técnica de pintura que se aplica a diferentes obras arquitectónicas que revitalizan sus fachadas, lo cual posibilita una verdadera renovación del espacio público.

CONSIDERANDO: Que este tipo de arte se ha consolidado en países de América Latina y Europa como una estrategia importante de transformación social que contrarresta de manera gradual los índices de pobreza multidimensional, exclusión social y otros factores de vulnerabilidad, como la inseguridad ciudadana y la violencia.

CONSIDERANDO: Que resulta propicio para el...

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