Decreto Nº 212-20. Decreto que Deroga el Artículo 1 del Dec. No. 637-10, que Designó a la Señora Sonia Altagracia Vargas, como Ministra Consejera en la Misión Permanente de la República Dominicana Ante la Organización de las Naciones Unidas y Otro Organismos Internacionales, en Ginebra, Suiza, Trasladada a la Misión Permanente de la República Dominicana Ante la Organización de los Estados Americanos.
Fecha de disposición | 10 Junio 2020 |
Número de Decreto | 212-20 |
Fecha de publicación | 15 Junio 2020 |
Número de registro | 3395903 |
Número de Gaceta | 10977 |
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. |
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Dec. No. 212-20 que deroga el artículo 1 del Dec. No. 637-10, que designó a la señora
Sonia Altagracia Vargas, como ministra consejera en la Misión Permanente de la
República Dominicana ante la Organización de las Naciones Unidas y otro organismos
internacionales, en Ginebra, Suiza, trasladada a la Misión Permanente de la República
Dominicana ante la Organización de los Estados Americanos. G. O. No. 10977 del 15 de
junio de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 212-20
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1. Queda derogado el artículo 1 del Decreto núm. 637-10, del 15 de noviembre
de 2010, mediante el cual fue designada la señora Sonia Altagracia Vargas como ministra
consejera en la Misión Permanente de la República Dominicana ante la Organización de las
Naciones Unidas (ONU) y otros Organismos Internacionales, en Ginebra, Suiza, trasladada
administrativamente a la Misión Permanente de la República Dominicana ante la
Organización de los Estados Americanos (OEA).
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil veinte (2020); año 177 de
la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
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