Decreto Nº 221-00. Decreto que Concede el Beneficio de la Incorporacion a Varias Instituciones Sin Fines de Lucro.

Fecha de disposición22 Mayo 2000
Número de Decreto221-00
Fecha de publicación01 Enero 2000
Número de registro3334861
Número de Gaceta10046
EmisorPROCURADORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (PGR).
-54-
Dec. No. 221-00 que concede el beneficio de la incorporacion a varias instituciones sin
fmes de lucro.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 221-00
VISTA
la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no
tengan por objeto un beneficio pecuniario, y
sus
modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Articulo 1.-
Se concede el beneficio de la incorporacihn a las siguientes
asociaciones:
1. FUNDACION COMITE PRO DESARROLLO DE GUAYABAL
(COPRODEGUA), que tiene
su
domicilio en la provincia
Azua,
R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 18
de febrero del 2000.
2. FUNDACION IMPUESTO AL VALOR ECONOMIC0 DE LA TIERRA-
FIVET, que tiene
su
domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos estatutos
fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 19 de julio
del 1999.
3.
FUNDACION FAMILIAR COMUNITARIA Y AMBIENTAL
(FUFACOA), que tiene
su
domicilio en Santo Domingo, D.N., cuyos
estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 1
de junio del 1999.
4.
FUNDACION PARA LA PRESERVACION DEL MEDIO AMBIENTE
(FUNPREMA), que tiene
su
domicilio en la provincia Santiago, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 10

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