Decreto Nº 222-20. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilación y Asigna una Pensión del Estado Dominicano Al Señor Conrado Pericles Peguero Martínez.

Número de Decreto222-20
Fecha de publicación02 Julio 2020
Número de registro3395912
Fecha de disposición16 Junio 2020
EmisorDIRECCION GENERAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES.
Número de Gaceta10978
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ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Relaciones Exteriores para su conocimiento y
ejecución.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil veinte (2020); año 177
de la Independencia y 157 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 222-20 que concede el beneficio de la jubilación y asigna una pensión del
Estado dominicano al señor Conrado Pericles Peguero Martínez. G. O. No. 10978 del 2
de julio de 2020.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 222-20
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de
junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379, del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado
dominicano al señor Conrado Pericles Peguero Martínez, titular de la cédula de identidad y
electoral núm. 001-0617761-1, por un monto de ciento cincuenta y siete mil quinientos pesos
dominicanos con 00/100 (RD$157,500.00) mensuales.
ARTÍCULO 2. En caso de que el beneficiario se encuentre disfrutando de una pensión del
Estado, este podrá optar por la pensión que más le favorezca.

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