Decreto Nº 223-08. Decreto sobre la Agricultura Organica en la Republica Dominicana, y Deroga el Decreto No. 820-03, del 20 de Agosto de 2003

Fecha de disposición30 Mayo 2008
Número de Decreto223-08
Fecha de publicación01 Enero 2008
Número de registro3348711
Número de Gaceta10470
EmisorDIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES
-103-
Articulo
4.
Del veinte por ciento
(20%)
que corresponde a la Provincia La Vega, el diez
por ciento (10%) se destinara a1 Municipio Cabera Concepcihn de La Vega; y el otro diez
por ciento (10%) se dividira a 10s demas municipios restantes en la proporcihn siguiente: el
tres punto cinco por ciento (3.5%) para el Municipio de Jarabacoa; el tres punto cinco por
ciento (3.5%) para el Municipio de Constanza y el tres por ciento (39/0) para el Municipio
de Jima Abajo.
Articulo
5.
La Secretaria de Economia Planificacihn y Desarrollo es el organism0
responsable de supervisar la correcta aplicacihn de 10s recursos y
su
distribucihn entre las
demas provincias objeto de la Ley 507-05.
Articulo
6.
El Representante ante el Consejo de Accionistas y Administracihn de
Falconbridge Dorninicana, C. por A. sera designado por el Consejo Provincial para la
Administracihn de 10s Fondos Mineros La Vega.
Articulo
7.
Se ordena a la Corporacihn Dorninicana de Empresas Estatales (CORDE),
realizar 10s trimites correspondientes para que las provincias beneficiadas por la Ley
No.507-05, tengan la debida representacihn ante el Consejo de Accionistas Administrativos
de la Falconbridge Dorninicana, C. por A.
Articulo
8.
Enviese a la Secretaria de Estado de Economia, Planificacihn y Desarrollo, a la
Corporacihn Dorninicana de Empresas Estatales (CORDE) y a la Falconbridge
Dorninicana, C. por A,, para 10s fines correspondientes
DADO
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica
Dorninicana, a 10s treinta (30) dias del mes de mayo del aiio dos mil ocho
(ZOOS);
aiios
165
de la Independencia y 145 de la Restauracihn.
LEONELFERNANDEZ
Dec. No. 223-08 sobre la Agricultura Orginica en la Republica Dominicana,
y
deroga
el Decreto No. 820-03, del 20 de agosto de 2003.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 223-08
CONSIDERANDO:
Que es deber del Estado, a traves de la Secretaria de Estado de
Agricultura, promover el desarrollo econhmico, politico y social de la nacihn, estimulando

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