Decreto Nº 2231. Decreto que Nombra Al Doctor Frank Bobadilla, Observador del Gobierno Ante la Iii Conferencia Argentina sobre Comercio Exterior, en Buenos Aires
Fecha de publicación | 01 Enero 1956 |
Número de registro | 3286816 |
Número de Decreto | 2231 |
Fecha de disposición | 07 Noviembre 1956 |
Número de Gaceta | 8068 |
-908-
HECTOR RIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de
!a
Republica Dominicana
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el articulo 54
inciso
20.,
de la Constitucidn de la Reptiblica;
PROMULGO la presente Ley, y mando que sea publicada
en la Gaeeta Oficial para
su
conocimiento y cumplimiento.
DADA en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la
Reptiblica Dominicana,
a
10s
veintidts dias del
mes
de Pep-
tiemhre, de mil novecientos cincuenta y seis,
1130
de la Inde-
pendencia, 940 de la Restauracidn y
270
de la Era de Trujillo.
HECTOR
E.
TRUJILLO MOLINA.
Ley
No 4545,
que
faculta a1 Presidente de
la
Repubiica
a
revocar
ciertos acuerdos, resoluciones, ordenanzas
0
reglamentos dictados
por
el Coasejo del Distrito Nacional
oi
10s
Ayuntamientos Municipales
-
G.
0
No.
8032
del
28
de septiembre de 1956
EL CONGRESO NACIONAL
En nombre de la Republica
HA DADO LIA SIGUIENTE LEY:
-
NUMERO
4545
Art.
1.-
El Presidente de la Reptiblica podra revocar
10s
acuerdos, resoluciones, ordenanzas
o
reglamentos, dictados
o
que,
puedan dictar el Consejo Adrninistrativo del Distrito Naciond
o
10s
Ayuntamientos del pais, que no se avengan
a1
inter& na-
cional
o
se opongan a1 foment0 de la economia nacional
y
all
inter& social.
Art.
2.-
Quedan nmdificad'as, en cuanto isea neces.ario, la
Ley de Organizacidn Municipal No. 3455 del
21
de diciembre
de 1952, y la Ley de Organizaci6n del Distrito Nacional No
3456 de
la
misma fecha.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba