Decreto Nº 2265. Decreto que Concede la Naturalizacion Dominicana Al Señor Marciano Herrera Hernandez

Fecha de disposición08 Abril 1968
Número de Decreto2265
Fecha de publicación01 Enero 1968
Número de registro3321193
Número de Gaceta9091
2745
,
)t
DADO
en Santo Doming0
de
Guzmdn,
Distrito
Nacional, Capital
de
la
RepGblica Dominicana, a
10s
quince
(15)
dias del mes de diciembre
del
a50
mil
novecientos ochenta
y
seis? a80 143O de la Independencia
y
124O
de la
Wstauracidn.
JOAQUIN
BALAGUER
Dec.
No. 1256-86-479 que establece como demarcacibn turistica prioritaria,
el
'
Polo
Turistico
Macao/Punta Cana, localizado
en
la Zona
Este
del
pais.
i
rz
JOAQUIN
BALAGUER
Presidqhte de la RepGblica Dominicana
t'
*.
I)
*b
NUMERO:
1256-86
479
I
VISTA
la Ley
Nih.
153, de Promocidn e Incentivo de Desarrollo Turistico,
de
fecha
4
de
junio
de
1971
y
su Reglamento
Nh.
1889, de fecha
30
de julio
de
1980.
VISTA
la Resolucidn
del
Directorio de Desarrollo Turistico, de fecha
26
de
$5
noviembre
de
19861
#
En ejercicio
de
las atribuciones
que
me confiere el Articulo 55 de la
Constitucih de la Repalica, dicto
el
siguiente
,
D
E
C
R
E
T
0:
'c
t
Articulo
1.-
Se
establece como demarcacibn turistica prioritaria,
el
llamado Polo Turzstico Macao/Punta Cana, localizado en la Zona Este de la
Rep*lica,
en
el
&rea delimitada
de
la
siguiente manera:
A1
Norte, por el
I
Ocean0 Atlhnticor a1
Sur,
por una linea paralela a la costa a una distancia de
Michest
y
a1
Oeste,
por la poblacidn de Juanillo (Punta
de
To8o)
y
una linea
Este-Oeste
franco. Se declara la ciudad de Higiiey, provincia La Altagracia,
como localidad de apoyo de
10s
servicios turisticos de la zona.
cinco (5) kilhetros? a1
Este,
por el
Rio
Yaguada pr6ximo a1 municipio
de
1+
-0
'
Articulo
2.-
La
Sefcretaria de Estado
de
Turismol*queda encargapa de
planificar
y
dotar
de
las infraestructuras
bdsiaas
de servicio, la demarcacidn
turistica Macao/Punta Cana, declarada prioritaria en 'el presente Decreto
y
asesorarh a1 Poder Ejecutivo acerca de las disposiciones
que
se deban adoptar
mediante reglamentos, para evitar maniobras sobre la adquisicidn
de
las
tierras que puedan obstaculizar
o
frenar el proceso
de
desarrollo
de
dicha
zona?
y
a1
mismo
tiempo queda esa Secretaria de Estado encargada
de
la
as%
cUm0
aplicacih
de,
10s
reglamentos de planificacidn que pueda 6sta dictar,
1.
f

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