Decreto Nº 2320. Decreto que Fija los Periodos de Veda para la Caza, Durante el Año 1957

Fecha de disposición14 Diciembre 1956
Número de Decreto2320
Fecha de publicación01 Enero 1956
Número de registro3283826
Número de Gaceta8068
-1020-
Decreto
No.
2320
que fija
10s
periodos de Veda para la cam, durante
el
aAo
1957.-
G.
0.
NO
8068 del 18 de diciembre de 1956
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presid’ente
de
la
Republica
Dominicana
NUMERO:
2320
VISTO
el
articulo
18
de la Ley de Caza
No.
85
del
4
de febre-
ro
de 1931,
y
sus modificaciones;
En
ejercicio de las atribuciones que
me
confiere
el
articulo 54
de la Constitucion de la Republica, dicto
el
siguiente
DE
C
R
ET
0:
Art.
1.-
Durante
el
afio 1957, lcs periodos de Veda para la ca-
za
seran
10s
que
se
indican
a
continuacihn:
E
S
P
E
C
I[
E
S
EPOCAS
DE VEDA:
Buby
y
especies afines
(Familia Sulidae).
. .
.
.
.
.
Del lro. de marzo a1 30 de no.
viembre.
Garza de todas clases.
. .
.
. .
Permanente.
Jutia y selenodoute.
.
.
.
.
. .
Permanente.
Codorniz
y
Perdiz.
,
. . .
.
.
.
Permanente.
Caimanes
en
ei
lago Enriquillo.
.
Permanente.
Gallaretas
y
Gallinazas.
.
.
.
.
.
Del lro. de agosto
a1
30 de di-
ciembre.
Palomas de la varietlad denomina-
da “Coronita” (Columba Leuco-
cephala).
.
.
. .
.
. . . .
,
.
Dcl lro. de enero a1 30 de junio.
En
e!
resto del aiio s610
se
per-
mitira 10s dias sabados, domin-
gos
y
feriados.
Palomas de las dernas variedades
“Turquesa”
y
“Ceniza” (nativas)
.
.
Permanente.
Gallina de guinea.
. .
.
. . . . .
Del lro. de abril a1 30 de sep-
tiembre.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR