Decreto Nº 2532. Decreto que Modifica los Articulos 4 y 5 del Decreto N° 1530, de 1942, que Establece Control sobre la Marina Mercante Dominicana

Fecha de disposición21 Marzo 1945
Número de Decreto2532
Fecha de publicación23 Marzo 1945
Número de registro3287734
Número de Gaceta6228
-1
16-
En
ejercicio
de
las atribuciones que
me
confiere el arciculo
55
de
la Constitnci6n de
la
RepGblica, dicto
d
siguiente
DECRETO:
Art.
1.-Se colicede
el
bencficio de
la
jubilacidn
y
ee asig-
na
una
pensi6n
del Estado
de
noventa pesos
or0
(RD$SO.uU)
mensuales,
a
la
seiiora Josefa Antonia Pilarte de Lantigua.
-4rt. 2.-Dicha pensi6n sera pagada con
cargo
a1 Fondo
de
Peiisiones
y
Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos
Pfi-
blicos.
DADO en Santo Dorningo de Guzmhn, Distrito Nacional,
‘Cqnital de la Repliblica Doniinicnna,
3
loa
dieciocho
dias
del
1ilEs
de’febrero
del aiio mil novecientns setenta
y
uno,
alios
3279
tic
la
Indqendencia
y
10P
de la Restauracih.
JOAQUIN BALAGUER.
Deueto
A‘‘
66s.
qirc
‘rprueln
1‘1
Rrsolircidn
52
!37-70,
del
Directorio de
Desa-
I
I
0110
Industrial,
(G.
0.
No
9215,
6el
24
de
Febrero
de
1971)
TtYAQUIN BALAGUER
Presidenle
de
la
Repdblica Dorninicana
NVMERO
668
CONSIDERANDO
que
la
empresa
“CASA CENTRA
I,,
C. POR
A.”)
obtuvo
del
Directorio de Desarrollo Industrial la
clasificacih
en
la
Categoria
“C”,
a
fin
de acogerse a
10s
be-
neficios de
In
Ley
No
299 de Incentivo
y
Protecci6n Indus-
trial, de fecha 23 de abril de
1968;
CONSIDERANDO
que
para dictar su Rosoluci6n el Di-
wctorio de Desarrollo Industrial comprob6 que la empresa
~3-
licitante reunia las condiciones exigidas
por
la
Ley
NO
299
del
23
dc
abril
de
1968;

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