Decreto Nº 257-18. Decreto que Designa los Cuatro (4) Miembros Independientes que Integrarán el Consejo Nacional del Mercado de Valores, por Un Periodo de Tres y Dos Años, Respectivamente.

Número de registro3389025
Fecha de disposición09 Julio 2018
Fecha de publicación13 Julio 2018
Número de Decreto257-18
Número de Gaceta10913
EmisorSUPERINTENDENCIA DE VALORES (SV).
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Artículo 19. La Sra. Aleida Milagros de Jesús Hernández Alba , queda autorizada a cambiar
su nombre por el de ALEIDA MILAGROS HERNÁNDEZ ALBA.
Artículo 20. La Sra. Dolores Galicia Almonte, queda autorizada a cambiar su nombre por
el de FRANCISCA GALICIA ALMONTE.
Artículo 21. La Sra. Dora Polanco, queda autorizada a cambiar su nombre por el de
DORIS POLANCO.
Artículo 22. Envíese a la Junta Central Electoral, para su conocimiento y fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de julio del año dos mil dieciocho (2018); años 175
de la Independencia y 155 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 257-18 que designa los cuatro (4) miembros independientes que integrarán el
Consejo Nacional del Mercado de Valores, por un periodo de tres y dos años,
respectivamente. G. O. No. 10913 del 13 de julio de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 257-18
CONSIDERANDO: Que el artículo 14 de la Ley núm. 249-17, del Mercado de Valores,
del 19 de diciembre de 2017, crea el Consejo Nacional de Valores conformado por: el
gobernador del Banco Central, quien lo presidirá o podrá delegar en un funcionario de alta
jerarquía de esa institución ratificado por la Junta Monetaria, miembro ex officio; el
ministro de Hacienda, quien podrá delegar en un funcionario de alta jerarquía de esa
institución, miembro ex officio; el superintendente de Valores, miembro ex officio; y cuatro
miembros independientes de designación directa.
CONSIDERANDO: Que conforme a la disposición transitoria primera de la Ley núm.
249-17, el Poder Ejecutivo nombrará cuatro miembros independientes de designación
directa de las ternas que serán presentadas por la Superintendencia de Valores vía la Junta
Monetaria.

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