Decreto Nº 268-97. Decreto que Deroga el Art. 3 del Decreto No. 302-96 y Se Encarga Al Instituto Agrario Dominicano Disponer la Asignacion del Asentamiento a que Se Refiere Dicho Decreto.

Fecha de disposición10 Junio 1997
Número de Decreto268-97
Fecha de publicación01 Enero 1997
Número de registro3314928
Número de Gaceta9956
EmisorDIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES.
-497-
VISTO
el Decreto
No.
267-91, de fecha 10 de julio de 1991, que restablece
el Articulo
5
del Decreto
No.
351
del 16 de octubre de 1982.
VISTO
el Decreto
No.
309-97, de fecha 26 de octubre de 1992, que designa
varios miembros del Consejo Nacional de Producci6n Pecuaria.
VISTO
el Decreto No. 1980, de fecha 18 de septiembre de 1980, que
concedi6 el beneficio de la incorporacidn a la Asociacidn Dominicana de Productores de
Leche (APROLECHE).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo
55
de la
Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente
D E
C
RE
T
0:
Articulo
1.-
El Presidente de la Asociaci6n Dominicana de Productores de
Leche (APROLECHE),
fomari
parte del
Directorio
que dirige
y
administra el Consejo
Nacional de Producci6n Pecuaria (CONAPROPE), en calidad de vocal.
4
Articulo 2.-
Enviese a1 Consejo Nacional de Producci6n Pecuaria, para 10s
fines correspondientes.
Dado
en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Repdblica
Dominicana a
10s
diez (10) dias del mes de junio del
aiio
mil novecientos noventa
y
siete,
aiio 154 de la Independencia
y
134 de la Restauraci6n.
Leone1 Fernhdez
Dec. No. 268-97 que deroga el Art. 3 del Decreto No. 302-96
y
se encarga a1 Instituto
Agrario Dominican0 disponer la asignacih del asentamiento a que se refiere dicho
decreto.
(G.
0.
No. 9956, del
15
de
junio
de 1997).
LEONEL
FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 268-97
I

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