Decreto Nº 2765. Decreto que Designa Al Sr. Juan Lopez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Mision Especial para Representar Al Pais en los Actos de Proclamacion de la Independencia de Belice
Número de Decreto | 2765 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1981 |
Número de registro | 3289971 |
Fecha de disposición | 17 Septiembre 1981 |
Número de Gaceta | 9565 |
-
195-
*
Rwoluabn
No.
188,
que
aprueba
el
Contrato
y
sur
Anaos,
rutcrito
entre
el
Estado
Dominiano
y
varios
Bamor
Fnncaer
G.
0.
No.
9543.
del
15
de
naviembre
de
1980
EL
CONGRESO
NACIONAL
En Nombre de
la
Repliblica
NUMERO: 186
VISTOS 10s
incisos
14
y
19 del Articulo 37 de
la
Constituci6n
de
la
Reptiblica;
VISTO el Contrato y
sus
Anexos, suscrito en fecha 3
1
de marzo
de
1980,
entre
el
Estado Dominicano
y
10s
Bancos “El Banque De
Paris Et Des Pays-Bas”
y
“El Banque Francaise Du Commerce
Ex terieur.”
RESUELVE:
UNICO: APROBAR el Contrato
y
sus Anexos, suscrito en fecha
31 de mano de 1980, entre el Estado Dominicano, representado
por el Dr.
Jose
Rodrfguez Soldevilla, Secretario de Estado de
Salud Pdblica y Asistencia Social y 10s Bancos “El Banque De
Paries Des Pays-Bas,” representado por el sefior Leonard Faure
Arguello y “El Banque Frdncaise Du Commerce Exterier,” repre-
sentado por el seAor Jean-Lin Leurent, por medio del cual el
Gobiemo Nacional se propone ejecutar un Proyecto Hospitalario
a
traves de la Secretarfa de Estado de Salud Pdblica
y
Asistencia
Social, que contempla la construcci6n de sendos hospitales en
Herrera, Distrito Nacional y San Pedro de Macoris, con capacidad
cada uno para
250
camas, ambos equipados
y
provistos de todas
las facilidades necesarias para ofrecer servicios mCdicos de pedla-
trfa, ginecologfa
y
obstetricia, cimgfa, medicina interna, laborato-
rio,
radiodiagndstico, farmacia y 10s servicios sociales
de
preven-
ci6n
y
educaci6n para
la
salud, programa matemo infa.n-til
y
de
higiene pdblica. De igual manem, el Proyecto contempla
la
cons-
trucci6n de seis policlinicas en la ciudad de Santo Doming0 de
Guzmiin, equipadas con todas las facilidades necesarias para
ofrecer consultas de medicina general, ginecologia
y
obstetricia,
pediatrfa, cirugfa simple y odontologfa y que constardn, ademis,
de laboratorio y radiodiagn6stico. La ejecuci6n de dicho Proyecto
tendrsi un costo total de RD$26.5 millones, de
10s
cuales RD$13.3
millones
sedn financiados rnediante un prestamo del Tesoro Fran-
*
I
-
196-
t'
s
y
111s
cr5dito
de
dos
bancos
tkanceses.
A
tales
fiaes,
cn
fecha
it3
de
ma0
de
1980,
la
Repdbka
Doininicana
y
la
RepCbEca
de
Francia suscribieron un Protocoio Financier0 por medio
del
cual
el
Gobierno Frances concede a1 Gobierno Dominican0 facilidades
de credit0 por un monto de seterita
y
cuatro millones setencien-
tos
mil
francos
(74,7
M.F.), para financiar la compra en Francia
de bienes
y
servicios franceses destinados a la realizaci6n del Pro-
yecto. Siguiendo 10s lineamientos del mencionado Protocolo, fud
suscrito entre el Banco Central de la Repdblica Dominicana, en
representacih de nuestro Gobierno, y el Credit National,
S
A.,
en representaci6n del Gobierno de Francia, un Convenio de
AdIi-
caci6n por medio del cual se fijan las modalidades de utilizaci6n
y
reembolso del prestamo del Tesoro Frands. Por otra parte, en
fecha
3
1
de marzo de 1980, la Repdblica Dominicana suscribi6
con
el Banque De Paris Et Des Pays-Bas
y
el Banque Francaise
Du
Commerce Exterieur, un Contrato mediante el cual estas ins-
tituciones bancarias otorgan
a
nuestro pais un cddito de un im-
porte mAximo de FF53,583.12 (Cincuenta
y
Tres Millones Qui-
hasta
un
700/0
del costo de 10s bienes
y
servicios de origen fran-
c&,
destinados a proyectos en
el
sector de la Salud Ptiblica;
que
copiado
a
la
letra dice asf:
nientos Ochenta
y
Tres mil Doce Francos Franceses), para cubrir
c
PROTOCOL0 FINANCIER0
entre
EL
GOBIERNO
DE
LA
REPUBLICA
DOMINICANA
GOBIERNO DE
LA
REPUBLICA FRANCESA
Con objeto de estrechar
10s
vinculos de cooperaci6n entre 10s
dos pafses y como consecuencia de las catgstrofes que han afec-
tad0
a
la Repdblica Dominicana, el Gobiemo de,& Repdblica
Dominicana y el Gobierno de la Repdblica Francesa
han
conve-
nido la conclusi6n de un protocolo, cuyas disposiciones
son
las
siguientes
:
0
-
197-
4
ARTICULO
1
.-
El Gobierno frances concede a1 Gobierno Dominican0 facili-
dades de credit0 de un monto m6ximo de setenta
y
cuatro millo-
nes setecientos mil francos
(74,7
M.F.),
para financiar
la
compra
en Francia de Bienes
y
servicios franceses destinados
a
la realiza-
ci6n de proyectos en el sector de
la
Salud Pdblica aceptados por
las dos partes
y
que figuran en una lista anexa a1 presente proto-
colo.
ARTICULO
2.-
Esas aportaciones financieras definidas en el Articulo
1
toman
la
forma:
-de un prestamo del Tesoro Wblico Frances por un monto
mA-
ximo de veinte
y
dos millones cuatrocientos diez
mil
francos
(22,-
41
M.F.);
-de cdditos bancarios garantizados por la “Compagnie
Frari-
caise d‘Assurance pour le Commerce Exterieur” (COFACE) por
un
monto miiximo de cincuenta y dos millones doscientos
noverita
mil frmcos
(52,29
M.F.).
ARTICULO
3.-
El financiamiento de
10s
proyectos que figuran en el anexo estd
asegurado por la utilizaci6n conjunta desrCstamo del Tesoro
y
de creditos comerciales garin tizados.
a) el monto de 10s derechos de giro relativos a1 prestamo del
Tesoro Frances esta fijado en el
30o/o
del inonto repatriable
en Francia de
10s
pedidos de bienes
y
servicios franceses;
b) la utilizaci6n del prCstamo del Tesoro Pdblico Frands est6
reservada
a1
financiamiento de 10s anticipos dados
a
10s provee-
dores franceses, que seriln iguales
a1
300/0
del m.onto de
10s
bienes
y
servicios de origen franc&. Un anticipo que no sea
inferior a1 100/0 del monto de cada contrato F.O.B. deberd ser
pagado, en el momento del pedido, por giro sobre el prestamo de
Tesoro
;
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