Decreto Nº 290-16. Decreto que Declara de Utilidad Pública e Interés Social, por Parte del Estado Dominicano, Varias Porciones de Terrenos en Distintos Municipios del País, para Ser Utilizadas en la Construcción de Edificaciones Escolares.

Número de Decreto290-16
Fecha de publicación21 Octubre 2016
Fecha de disposición17 Octubre 2016
Número de registro3379636
EmisorDIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES
Número de Gaceta10860
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DECRETO
Artículo 1. Se modifica el numeral 36, del Artículo 1, del Decreto No.318-13, del 8 de
noviembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
“36. Una porción de terreno con una extensión superficial de mil
trescientos punto dieciséis metros cuadrados (1,300.16 m²), ubicada en
la Parcela No.314483222496, del municipio Salcedo, provincia
Hermanas Mirabal, provista de Certificado de Título, Matrícula
No.1600005446, expedido a favor del Estado dominicano por el
Registrador de Títulos de Salcedo.
Artículo 2. Queda derogado el numeral 4, del Artículo 1, del Decreto No.118-16, del 29 de
febrero de 2016, que declaraba de utilidad pública e interés social, la Parcela No.23, del
Distrito Catastral No.14, del municipio Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, con
una extensión superficial de cuatro mil doscientos metros cuadrados (4,200.00 m2),
amparada en la Constancia Anotada en el Certificado de Título No.42, emitido a favor de
ARMANDO REYNALDO BUENO CRUZ, por el Registrador de Títulos de Santiago.
Artículo 3. Envíese al Director General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado, al
Registrador de Títulos correspondiente y al Ministerio de Educación, para su conocimiento
y fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la
República Dominicana, a los diecisiete ( 17 ) días del mes octubre del año dos mil dieciséis
(2016), años 173 de la Independencia y 154 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 290-16 que declara de utilidad pública e interés social, por parte del Estado
dominicano, varias porciones de terrenos en distintos municipios del país, para ser
utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No.10860 del 21 de
octubre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 290-16
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.625-12, del 10 de noviembre de 2012, el
Poder Ejecutivo creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares adscrito al

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