Decreto Nº 291-16. Decreto que Declara de Utilidad Pública e Interés Social la Adquisición por el Estado Dominicano de la Parcela No. 145, D.C. No. 24, Ubicada en los Parajes los Limones, Municipio Villa Tapia, Provincia Hermanas Mirabal, Con una Extensión de 356.00 Tareas Nacionales, para Ser Utilizada en los Propósitos del Consejo Provincial para la Reforma Carcelaria y la Reinserción Socio Laboral de la Provincia Hermanas Mirabal.

Número de registro3379637
Fecha de disposición17 Octubre 2016
Número de Decreto291-16
Fecha de publicación21 Octubre 2016
EmisorPROCURADORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (PGR).
Número de Gaceta10860
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Dec. No. 291-16 que declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el
Estado dominicano de la parcela No. 145, D.C. No. 24, ubicada en los parajes Los
Limones, municipio Villa Tapia, provincia Hermanas Mirabal, con una extensión de
356.00 tareas nacionales, para ser utilizada en los propósitos del Consejo Provincial
para la Reforma Carcelaria y la Reinserción Socio Laboral de la provincia Hermanas
Mirabal. G. O. No.10860 del 21 de octubre de 2016.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 291-16
VISTA: La Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13 de junio de 2015.
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiación.
VISTA: La Ley No.486, del 10 de noviembre del 1964, que agrega un Párrafo II, al
Artículo 13, de la Ley No.344, del 29 de julio del 1943, sobre Procedimiento de
Expropiación.
VISTA: La solicitud de declaratoria de utilidad pública suscrita por el Procurador General
de la República en el oficio No.2229, del 6 de julio de 2016.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128, de la Constitución de la
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado
dominicano, de la Parcela No.145, del Distrito Catastral No.24, con una extensión
superficial de trescientas cincuenta y seis tareas (356 tareas), ubicada en el paraje Los
Limones, del municipio Villa Tapia, provincia Hermanas Mirabal, para ser entregada a la
Procuraduría General de la República y utilizada para los propósitos del Consejo Provincial
para la Reforma Carcelaria y la Reinserción Socio Laboral de la Provincia Hermanas
Mirabal, para mejorar la calidad de vida y favorecer la reinserción socio laboral de las
internas e internos de la Cárcel Juana Núñez, de Salcedo.
Artículo 2. En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con el propietario del inmueble
precedentemente indicado, para su adquisición de grado a grado por el Estado dominicano,
el Director General de Bienes Nacionales realizará todos los actos, procedimientos y
recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de conformidad con las leyes, para obtener
la expropiación del mismo.

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