Decreto Nº 296-99. Decreto que Prohibe la Extraccion de Materiales Granulares en los Rios Haina, Isabela, Higuero y Ozama

Fecha de disposición13 Julio 1999
Número de Decreto296-99
Fecha de publicación15 Julio 1999
Número de registro3334930
Número de Gaceta10020
EmisorCORPORACION DEL ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE SANTO DOMINGO (CAASD).
-62-
parcela catastral No. 125, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Bayaguana, con un
area de 401.66 tareas, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, resto de la Parcela; a1 Este,
Manuel Ureiia y Polin Camino; a1 Sur, Julio Anibal Flores; y a1 Oeste, Cunder Waldermoly
(El Alemin), por el precio total de RD$96,398.40 (Noventiseis mil trescientos noventiocho
pesos con 40/100).”
Articulo 12.-
Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia para 10s
fines correspondientes.
Dado
en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s trece (13) dias del mes de julio del aiio mil novecientos
noventa y nueve, aiios 156 de la Independencia y 136 de la Restauracion.
Leone1 Fernandez
Dec. No. 296-99 que prohibe la extraccion de materiales granulares en 10s
nos
Haina,
Isabela, Higiiero
y
Ozama.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 296-99
CONSIDERANDO:
Que dentro del marco del Dialogo Nacional se
enfatizo en la necesidad de garantizar la existencia y mantenimiento de recursos hidricos
sanos.
CONSIDERANDO:
Que son cuantiosos 10s recursos que invierte la
CAASD en cloracion y desinfeccion de agua.
CONSIDERANDO:
Que la contaminacion de 10s ecosistemas acuaticos en
el pais ha alcanzado niveles dramaticos.
CONSIDERANDO:
Que las principales fuentes de contaminacion son las
industriales, 10s desechos liquidos domesticos y las derivadas de las actividades
agropecuarias.

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