Decreto Nº 3045. Decreto que Nombra Al Director Ejecutivo del Centro Dominicano de Promocion de Exportaciones (cedopex), Miembro EX-OFICIO del Comite Coordinador del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario

Fecha de disposición25 Agosto 1977
Número de Decreto3045
Fecha de publicación01 Enero 1977
Número de registro3303509
Número de Gaceta9448
'T!
)-I
Owreto
ND
4288,
que
crea
e
integra una
Comisi6n
encargada
de
todo
IO
relativo
a
la
participacion
de
la
Rcukblica
como
Parte
Contratante
del
Aeuerdo
GenerA
sobre
Aranceles
y
Comcrcjo
(GATT), la
cual
se
de-
nomjnara
Comisi6n
del GATT.
G.
0.
iVo
8305,
del
19
de
noviembre
de
1958.
NUMERO
4288
En ejercicio de las atribuciones que me confiere
el
ar-
ticulo
54
de
la
Constitucion de
la
Republica, dicto el siguiente
DECRETO:
Art.
1.-Se crea una Comision que
se
entenderh con todo
lo
relativo
a
la
participacion de
la
Repdblica como Parte Con-
tratante del Acuerdo General sobre Aranceles
y
Comercio
(GATT),
la
cual se denominara Comision
del
GATT.
Esta
Comision tendra
a
su
cargo formular
a1
Poder
Ejecutivo,
pa-
ra
la
decision de este,
las
recomendaciones que
se
estimaren
de lugar en relacion con dicha participacih.
Art.
2.-La
Comision
del
GATT
estara integrada
por
el
Secretario de Estado de Industria
y
Comercio, quien
la
presi-
dira; por
el
Secretario de Estado de Banca
y
Crhdito, el
Se-
cretario de
Estado
de
Relaciones Exteriores,
el
Secretario de
Estado de Finanzas, el Slecretario de Estado de Agricultura,
el Director General de Aduanas,
el
Director General
de
Esta-
distica,
el
111..
€1.
17.
Priester,
Consultor
'I'bcnico
cle
la
Secreta-
ria
de
Estado de Industria
y
Comercio
y
el
sefior Elias Gada-
la
Maria, Asesor de
la
Secretaria de Estado de Industria
y
Comercio.
Parrafo.-El Director del Departamento de Estudios Eco-
nbmicos de
la
Secretaria de Estado de Industria
y
Comercio,
actuara como Secretario
de
la
Comisibn del GATT.
Art.
3.-LOS
miembros integrantes de
In
Comision del
GATT
podran, en las reuniones de
la
misma, hacerse repre-
aentar por funcionarios de
sus
respectivos Departamentos u
organismos dependientes.
Art.
4.-La
oficina
del
Consultor Tkcnico de
la
Secretaria
de Estado de Industria
y
Comercio tendr$
a
su
cargo
la
or-
ganizacion
y
conservacion
de
10s
archivos concernientes
a
la

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