Decreto Nº 312-18. Decreto que Modifica el Artículo 1 del Dec. No. 371-14, que Crea la Zona Franca Industrial Perlav, Ubicada en Santo Domingo Este y en el Distrito Nacional, para que en Lo Adelante Realice Sus Actividades Productivas en Un Área de 37,070.57M².

Número de registro3390114
Fecha de publicación13 Agosto 2018
Número de Decreto312-18
Fecha de disposición10 Agosto 2018
Número de Gaceta10916
EmisorCONSEJO NACIONAL DE ZONAS FRANCAS DE EXPORTACION (CONAZOFEX).
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Dec. No. 312-18 que modifica el artículo 1 del Dec. No. 371-14, que crea la Zona
Franca Industrial Perlav, ubicada en Santo Domingo Este y en el Distrito Nacional,
para que en lo adelante realice sus actividades productivas en un área de 37,070.57M².
G.O. No. 10916 del 13 de agosto de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 312-18
CONSIDERANDO: Que el establecimiento de las zonas francas de exportación en
diferentes lugares del país, así como la ampliación de las existentes, ha contribuido
eficazmente a la rehabilitación de la economía de las demarcaciones donde funcionan.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 143-10, del 8 de marzo de 2010, el Poder
Ejecutivo autorizó a la empresa Perlav, S. A. a desarrollar y operar la Zona Franca
Industrial Perlav, que funcione en un área total de veintiún mil seiscientos once punto treinta
y ocho metros cuadrados (21,611.38 m²), ubicada en la carretera La Isabela, Km 1.7, sector
Pantoja, municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República Dominicana,
dentro del ámbito de la parcela núm. 44 del distrito catastral núm. 11 y en la calle Moisés
García núm. 26, sector Gascue, Distrito Nacional, solar núm. 2, manzana núm. 245, distrito
catastral núm. 1 del Distrito Nacional.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto núm. 371-14, del 9 de octubre de 2014, fue
ampliada la extensión territorial de dicho parque, adicionándole un área de siete mil
cuatrocientos veintisiete punto cincuenta y cuatro metros cuadrados (7,427.54 m²).
CONSIDERANDO: Que la empresa Perlav, S. A., mediante comunicación del 10 de abril de
2018, solicitó a la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación
la recomendación favorable al Poder Ejecutivo, para que apruebe extender su área en ocho mil
treinta y un punto sesenta y cinco metros cuadrados (8,031.65 m²).
CONSIDERANDO: Que la Ley núm. 8-90, en su artículo 19, acápite "a", establece como una
de las funciones del Consejo: conocer, evaluar y recomendar al Poder Ejecutivo la instalación
de zonas francas de exportación.
CONSIDERANDO: Que la ampliación de dicha zona franca representa un esfuerzo del
sector privado para contribuir a la solución del desempleo y el desarrollo industrial en el
municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo y poblados aledaños.

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