Decreto Nº 318-02. Decreto que Declara de Alto Interes para el Estado Dominicano la Formalizacion del Registro a su Favor de los Derechos de Propiedad sobre Terrenos que Componen los Planos Maestros de los Aeropuertos las Americas, Gregorio Luperon Maria Montez, Arroyo Barril, el Higuero, la Isabela y el Catey

Fecha de disposición09 Mayo 2002
Fecha de publicación01 Enero 2002
Número de Decreto318-02
Número de registro3339618
EmisorAEROPUERTOS EN SANTO DOMINGO Y EN EL INTERIOR DEL PAIS.
Número de Gaceta10135
-26-
ARTICULO 3.- Enviese a las Secretarias de Estado de Relaciones
Exteriores, de Interior y Policia, de Trabajo y a la Direccion General de Migracion para 10s
fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de mayo del aiio dos mil
dos
(2002);
aiios 159 de la Independencia y 139 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Dec. No. 318-02 que declara de alto inter& para el Estado Dominicano la
formalizacion del registro a
su
favor de 10s derechos de propiedad sobre 10s terrenos
que componen 10s planos maestros de 10s Aeropuertos Las Amkricas, Gregorio
Luperon, Maria Montez, Arroyo Barril, El Higuero, La Isabela y El Catey.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 318-02
CONSIDERANDO: Que el Estado Dominicano, ha concesionado la
adrninistracion, operacion, explotacion economica, rnodernizacion y remodelacion de 10s
aeropuertos internacionales de Las Americas, en Santo Domingo; Gregorio Luperon, en
Puerto Plata; Maria Montez, en Barahona; Arroyo Barril, en Samana; El Higtiero, en La
Isabela, Santo Domingo y El Catey, en Samana.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Contrato de Concesion
suscrito a1 efecto, aprobado por el Congreso Nacional y promulgado por el Poder Ejecutivo,
el Estado Dominicano conserva la nuda propiedad de 10s terrenos que componen 10s planos
maestros de 10s aeropuertos concesionados, incluyendo las instalaciones infraestructuras
existentes y las que puedan edificarse sobre dichos terrenos, habiendose cedido a la
sociedad concesionaria el derecho de usufruct0 sobre dichos bienes.
CONSIDERANDO: Que es de interes del Estado Dominicano, y de la
propia compaiiia concesionaria que
sus
respectivos derechos puedan ser debidamente
registrados, mediante la formalizacion a favor del Estado de la titularidad de 10s terrenos
que componen 10s planos maestros de 10s aeropuertos concesionados.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR