Decreto Nº 3180. Decreto que Otorga el Exequatur de Medico Al Dr. Manuel Julio Calero Rojas
Fecha de disposición | 29 Septiembre 1957 |
Número de registro | 3291224 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1957 |
Número de Decreto | 3180 |
Número de Gaceta | 8174 |
-165
-
Dada en
la
Sala de Sesiones del Senado
a
10s
diecisiete dias
del mes de Noviembre de mil nnvecientos veintinuatro, aiio
810.
de
la
Independencia
y
620. de
la
Reatauracibn,
Ed
Presidente
G.
A. Diaz.
Los Secretarios
:
Abigail Del Monte,
Francisco Pereyra hi
jo.
Ejecutese, comuniquese por la Seeretaria de Estado corres-
pondiente, publicandos2 zn todo el territorio de
la
Repiiblica pa-
ra
su
conocimiento
y
cumplimiento.
Dado
en
el
Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital
de
la Republica Dominicana, a
10s
dieninuev? dias del mes de
no-
viembre del afi9 mil noveeientos veinticuatro.
HORACIO VASQUEZ.
Presilclente de la Rep6blica.
Refrendado:
A. Morales.
Secretario de E.
de
lo
Interior, Policia, Guerra
y
Marina.
EL CONGRESO
NACIONAL,
EN NOMBRE
DE
LA
REPUBLICA-
HA DADO LA SIGUIENTE LEY DEL
MATRIMONIO
G.
0.
No.
3597.
Articulo
1.
NUMERO
68.
-
DISPOSICIONES GENERALES.
~
1.-
NATURALEZA DEL CONTRATO.
El
matrimonio
:q
una instituci6n civil, que
se
origina en el contrato celebrado en-
tre
un hombre y una mujer que han dado libre comentimiento
para casarse,
y
que
son napacas, segiin la ley, para verificar estc
acto.
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