Decreto Nº 3180. Decreto que Otorga el Exequatur de Medico Al Dr. Manuel Julio Calero Rojas

Fecha de disposición29 Septiembre 1957
Número de registro3291224
Fecha de publicación01 Enero 1957
Número de Decreto3180
Número de Gaceta8174
-165
-
Dada en
la
Sala de Sesiones del Senado
a
10s
diecisiete dias
del mes de Noviembre de mil nnvecientos veintinuatro, aiio
810.
de
la
Independencia
y
620. de
la
Reatauracibn,
Ed
Presidente
G.
A. Diaz.
Los Secretarios
:
Abigail Del Monte,
Francisco Pereyra hi
jo.
Ejecutese, comuniquese por la Seeretaria de Estado corres-
pondiente, publicandos2 zn todo el territorio de
la
Repiiblica pa-
ra
su
conocimiento
y
cumplimiento.
Dado
en
el
Palacio Nacional de Santo Domingo, Capital
de
la Republica Dominicana, a
10s
dieninuev? dias del mes de
no-
viembre del afi9 mil noveeientos veinticuatro.
HORACIO VASQUEZ.
Presilclente de la Rep6blica.
Refrendado:
A. Morales.
Secretario de E.
de
lo
Interior, Policia, Guerra
y
Marina.
EL CONGRESO
NACIONAL,
EN NOMBRE
DE
LA
REPUBLICA-
HA DADO LA SIGUIENTE LEY DEL
MATRIMONIO
G.
0.
No.
3597.
Articulo
1.
NUMERO
68.
-
DISPOSICIONES GENERALES.
~
1.-
NATURALEZA DEL CONTRATO.
El
matrimonio
:q
una instituci6n civil, que
se
origina en el contrato celebrado en-
tre
un hombre y una mujer que han dado libre comentimiento
para casarse,
y
que
son napacas, segiin la ley, para verificar estc
acto.

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