Decreto Nº 325-92. Decreto que Concede el Beneficio de la Incorporacion a Varias Asociaciones.
Fecha de disposición | 04 Noviembre 1992 |
Número de Decreto | 325-92 |
Fecha de publicación | 01 Enero 1992 |
Número de registro | 3333050 |
Número de Gaceta | 9846 |
Emisor | DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. |
-45-
438) HILDA MARINA MALLOL GARRIDO, con una pension del Estado de dos
mil veintiocho pesos or0 (RD$2,028.00) mensuales;
439) AIDA ANTONIA GARCIA DE MOTA, con una pension del Estado de
setecientos ochenta pesos or0 (RD$780.00) mensuales;
440) JUANA ROA MEDRANO, con una pension del Estado de setecientos ochenta
pesos or0 (RD$780.00) mensuales;
441) ULDA ELIZABETH PERA NINA, con una pension del Estado de mil ciento
nueve pesos con 65/100 (RD$1,109.65) mensuales;
442) ROSA MARIA VALDEZ, con una pension del Estado de setecientos ochenta
pesos or0 (RD$780.00) mensuales;
Articulo 2.- Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fondo de Pensiones y
Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Publicos
Articulo 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, para 10s fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica
Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos noventa y
dos,
Aiio
1490 de la Independencia y 1300 de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER.
Dec.
No.
325-92
que concede el beneficio de la incorporacion a varias asociaciones.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 325-92
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan
por Objeto un Beneficio Pecuniario y
sus
modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de
la Republica,
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