Decreto Nº 332-96. Decreto que Asigna Sendos Apartamentos del Proyecto Habitacional Jose Contreras Etapa Ii (tercera Seccion), a las Señoras Margarita Compres de Yan y Victoria Ramirez.

Número de registro3334239
Fecha de disposición15 Agosto 1996
Fecha de publicación15 Agosto 1996
Número de Decreto332-96
Número de Gaceta9930
EmisorDIRECCION GENERAL DE BIENES NACIONALES.
-155-
45.-
46.-
47.-
48.-
49.-
50.-
51.-
52.-
53.-
54.-
55.-
56.-
ANA ANTONIA CRUZ, Cedula No.3469-56
SILVANA FRIAS POOL, Cedula No.340229-1
TERESA GONZALEZ DE PAULINO, Cedula No.905985-1
JUAN TOMAS MENDEZ, Cedula No.6689-20
FELIX ARACENA VARGAS, Cedula No.001-0142840-7
LIC. JOSEFINA GOMEZ HURTADO, Cedula No.001-0170031-8
RAMON MEDINA, Cedula No.001-0968577-1
ANTONIO MADERA, Cedula No.6409-33
MARIA MARGARITA URERA, Cedula No.03 1-0250418-4
DR. JOSE M. VASQUEZ M., Cedula No.026-0043745-9
ALTAGRACIA PEREZ, Cedula No.001-0120071-5
ANGELITA SURIEL
Y
SURIEL, Cedula No.001-0064728-8
Articulo 3.- Se otorga Poder Especial a1 Administrador General de Bienes
Nacionales para que, a nombre y representacion del Estado Dominicano, suscriba 10s
contratos de venta de apartamentos a las personas indicadas en el Articulo 2 del presente
Decreto.
Articulo 4.- Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales para
su
cumplimiento.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dorninicana, a 10s quince (15) dias del mes de agosto del aiio mil novecientos
noventa y seis, aiio 153 de la Independencia y 133 de la Restauracion.
Joaquin Balaguer
Dec.
No.332-96
que asigna sendos apartamentos del Proyecto Habitacional
Josk
Contreras Etapa
I1
(Tercera Seccion), a las senoras Margarita Comprks de Yan y
Victoria Ramirez.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 332-96
CONSIDERANDO: Que de las miles de solicitudes formuladas a1 Gobierno,
clasifican, entre otras, las personas seiialadas en el presente decreto para ser favorecidas
con la asignacion de Apartamentos en el Conjunto Habitacional Jose Contreras Etapa 11,
(Tercera Seccion).
VISTA la Ley No.1832, del 3 de noviembre de 1948.

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