Decreto Nº 335-22. Que excluye de la expropiación efectuada mediante dec. núm. 114-15, artículo 1, numerales 1 y 2, varias parcelas ubicadas en la provincia san pedro de macorís, que serían utilizadas en la construcción de edificaciones escolares.
Fecha de disposición | 04 Julio 2022 |
Número de Decreto | 335-22 |
Fecha de publicación | 08 Julio 2022 |
Número de Gaceta | 11071 |
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República Dominicana, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTÍCULO 1. Se eleva a la suma de sesenta mil pesos dominicanos con 00/100
(RD$60,000.00) mensuales, la pensión asignada por el Estado dominicano a Milagros
Castaños Peralta, titular de la cédula de identidad y electoral núm. 037-0002306-6.
ARTÍCULO 2. Envíese al Ministerio de Educación y al Instituto Nacional de Bienestar
Magisterial (INABIMA), para la aplicación del presente decreto.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de julio del año dos mil veintidós (2022); año 179
de la Independencia y 159 de la Restauración.
LUIS ABINADER
Dec. núm. 335-22 que excluye de la expropiación efectuada mediante Dec. núm. 114-15,
artículo 1, numerales 1 y 2, varias parcelas ubicadas en la provincia San Pedro de
Macorís, que serían utilizadas en la construcción de edificaciones escolares. G. O. No.
11071 del 8 de julio de 2022.
LUIS ABINADER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 335-22
VISTO: El Decreto núm. 144-15, del 29 de abril de 2015, que declara de utilidad pública e
interés social la adquisición por parte del Estado, de varias porciones de terrenos en distintos
municipios del país, para construir edificaciones escolares.
VISTA: La Ley núm. 344, y sus modificaciones, sobre Procedimiento de Expropiación, del
29 de julio de 1943.
República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1. Se excluyen de la expropiación efectuada mediante el Decreto núm. 144-15, del
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