Decreto Nº 367-15. Decreto que Modifica Varios Numerales de los Decretos Nos. 366-13, 122-13, 8-14 y 170-14, que Declararon de Utilidad Pública Varias Porciones de Terrenos, las Cuales Fueron Dedicadas a Edificaciones Escolares.

Fecha de disposición30 Octubre 2015
Número de Decreto367-15
Fecha de publicación30 Noviembre 2015
Número de registro3374635
Número de Gaceta10820
EmisorMINISTERIO DE EDUCACION.
-115-
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Dec. No. 367-15 que modifica varios numerales de los decretos Nos. 366-13, 122-13, 8-
14 y 170-14, que declararon de utilidad pública varias porciones de terrenos, las
cuales fueron dedicadas a edificaciones escolares. G. O. No. 10820 del 30 de noviembre
de 2015.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 367-15
VISTA: La Ley No.344, del 29 de julio del 1943, y sus modificaciones, sobre
Procedimiento de Expropiación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 128 de la Constitución de la
República, dicto el siguiente:
DECRETO
Artículo 1. Se modifica el Numeral 27, del Artículo 1, del Decreto No.366-13, del 18 de
diciembre de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
“27. Una porción de terreno de dos mil doscientos cincuenta y un
punto cincuenta y seis metros cuadrados (2,251.56 mts.2), identificada
como Parcela No.311932861919, ubicado en San Felipe de Puerto
Plata, con Certificado de Título Matrícula No.3000188489, expedido
a favor de Francisco de los Santos Marte Fernández, por el
Registrador de Títulos de Puerto Plata”.
Artículo 2. Se modifica el Numeral 19, del Artículo 1, del Decreto No.122-13, del 14 de
mayo de 2013, para que se lea de la manera siguiente:
“19. Una porción de terreno con una extensión superficial de siete mil
novecientos veinte metros cuadrados (7,920.00 mts.2), dentro del
ámbito de la Parcela No.1-A, del Distrito Catastral No.13, ubicada en
el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, amparada
por el Certificado de Título Provisional del Instituto Agrario
Dominicano (IAD), No.3720, expedido el 19 de abril de 2002, emitido
a favor de LUCÍA DIROCHÉ DE LA CRUZ.
Artículo 3. Se modifica el Numeral 55, del Artículo 1, del Decreto No.8-14, del 30 de
enero de 2014, para que se lea de la manera siguiente:

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