Decreto Nº 367-18. Decreto que Concede el Beneficio de la Jubilación y Asigna una Pensión Especial del Estado Dominicano por Discapacidad Al Señor Rafael Humberto Bello Andino.
Número de registro | 3390199 |
Número de Decreto | 367-18 |
Fecha de publicación | 19 Octubre 2018 |
Fecha de disposición | 05 Octubre 2018 |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA. |
Número de Gaceta | 10921 |
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ARTÍCULO 2. El presente beneficio no será válido si esta persona se encuentra
disfrutando de pensión otorgada por el Estado, y de ser así, la beneficiaria podrá optar por
la pensión que más le favorezca.
ARTÍCULO 3. Esta pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones
de la Ley de Presupuesto del Estado, la cual será ejecutada por la Dirección G eneral de
Jubilaciones y Pensiones, del Ministerio de Hacienda, dentro de un plazo de tres (3) meses
contados a partir de la fecha de expedición del presente decreto, sin perjuicio de las
responsabilidades asignadas a las instituciones públicas en la Ley núm. 41-08, sobre
Función Pública, en caso que aplique.
ARTÍCULO 4. Envíese al Ministerio de Hacienda, para su conocimiento y ejecución.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de octubre del año dos mil dieciocho (2018); año
175 de la Independencia y 156 de la Restauración.
DANILO MEDINA
Dec. No. 367-18 que concede el beneficio de la jubilación y asigna una pensión especial
del Estado dominicano por discapacidad al señor Rafael Humberto Bello Andino. G.
O. No. 10921 del 19 de octubre de 2018.
DANILO MEDINA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 367-18
VISTO: El artículo 57 de la Constitución de la República Dominicana, proclamada el 13
de junio de 2015.
VISTA: La Ley núm. 379 del 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones
Civiles del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 128 de la Constitución de la
República Dominicana, dicto el siguiente
D E C R E T O:
ARTÍCULO 1. Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión especial
del Estado dominicano por discapacidad al señor Rafael Humberto Bello Andino, titular de
la cédula de identidad y electoral núm. 001-0071848-5, por un monto de ochenta mil pesos
dominicanos con 00/100 (RD$80,000.00) mensuales.
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